Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

AUTORIDAD PORTUARIA DE BALEARES

Núm. 21233
Notificación Expediente de abandono embarcación "PACO PACO" Ref. AB-06/14

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

A los efectos del punto 4 del artículo 59 de la Ley 30/1992 , de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27.11.92), y por no haber dado razón en el domicilio conocido Sr. José Antonio Cantallops Medina, propietario de la embarcación “PACO PACO” matrícula 7-PM-1-1257-92, ubicada en la parcela nº 015 del Vallado Troneras Tierra, en el Puerto de Palma, en el expediente de Abandono ref. AB-06/14,  se le notifica lo siguiente:

“Según pone de manifiesto personal de la Autoridad Portuaria, en el Boletín Nº 97931-G de fecha 6 de noviembre de 2014, la embarcación “PACO PACO”, matrícula 7-PM-1-1257-92, propiedad de D. José Antonio Cantallops Medina presenta síntomas racionales de abandono, ocupando dominio público portuario, en seco, concretamente en la parcela Nº 015, del vallado Troneras tierra, en el Portitxol.

Asimismo, según consta en nuestros archivos, la deuda exigible contraída por usted con esta Autoridad Portuaria, asciende a la cuantía de 277,92 €.

Establece el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el R.D. Legislativo de 2/2011, de 5 de septiembre, el ámbito de aplicación de las tasas portuarias. En el artículo 161, 2a) se refiere a la Tasa de ocupación, por la ocupación privativa del dominio público portuario.

El artículo 172, punto 3 del antedicho Texto Refundido, señala que el impago de cualquiera de las tasas portuarias, podrá motivar, previo apercibimiento al interesado y en tanto no regularice su deuda tributaria, la prohibición o pérdida del derecho a la utilización o aprovechamiento especial de las instalaciones portuarias.

El art. 173 del citado Texto Refundido, establece que la tasa por ocupación del dominio público portuario, y del vuelo y subsuelo del mismo, en virtud de una concesión o autorización, incluye la prestación de los servicios comunes del puerto relacionados con el dominio público ocupado.

El art. 48 del Reglamento de Servicio, Policía y Régimen del Puerto (O.M. 14/05/76 BOP 8/06/76) regula el abandono de objetos y mercancías de cualquier clase en dominio público portuario.

En la embarcación relacionada, concurren de manera presunta, las circunstancias para declararla en abandono, en consecuencia, se le concede un plazo de QUINCE DÍAS a partir del día siguiente a la recepción del presente escrito para que acuda a las Oficinas de Prestación de Servicios de la Autoridad Portuaria de Baleares en el Puerto de Palma (Moll Vell nº 5, planta baja, de lunes a viernes de 09.00 horas a 14.00 horas) al objeto de que retire la embarcación, y pueda comparecer al correspondiente trámite de audiencia y formular alegaciones conforme establece el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común (B.O.E .de 27.11.92).

Expresamente se le advierte que, si una vez finalizado dicho plazo, no se hubiese producido la comparecencia requerida ni se hubiesen formulado las alegaciones por su parte, ni se hubiese retirado la embarcación, se considerará el presente trámite como propuesta de resolución de declaración de abandono de la embarcación. Dicha propuesta se elevará al Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, para que adopte la resolución de abandono y producida la misma se venderá la embarcación en pública subasta, todo ello sin perjuicio del devengo de las tarifas/tasas, gastos y sanciones que puedan proceder por infracción al Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el R.D. Legislativo de 2/2011, de 5 de septiembre.”

 

Palma de Mallorca, 25 de noviembre de 2014

El Director,

Juan Carlos Plaza Plaza