Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE VALLDEMOSSA
Núm. 21180
Edicto elevación automática reglamento del servicio de prestamo de ayudas técnicas de apoyo a la movilidad por parte del departamento de servicios sociales.
Edicto elevación automática reglamento del servicio de prestamo de ayudas técnicas de apoyo a la movilidad por parte del departamento de servicios sociales.
Acordado por este Ayuntamiento en Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 3 de marzo de 2014, se aprueba el REGLAMENTO DEL SERVICIO DE PRESTAMO DE AYUDAS TÉCNICAS DE APOYO A LA MOVILIDAD POR PARTE DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALES. Y realizada la legal exposición al público sin haber presentado durante el tiempo de exposición ninguna reclamación, sugerencias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17-3 del Real Decreto 2/2004 de 5 de marzo del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se considera definitivamente aprobado, transcribiendo a continuación el texto completo del reglamento.
Contra el presente acuerdo definitivo de modificación del referido reglamento, los interesados podrán interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo en el B.O.I.B.
TEXTO DEL REGLAMENTO
REGLAMENTO DEL SERVICIO DE PRESTAMO DE AYUDAS TÉCNICAS DE APOYO A LA MOVILIDAD POR PARTE DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALES.
ARTÍCULO 1. Objeto.
El presente reglamento tiene por objeto regular el Servicio de Préstamo de Ayudas Técnicas de Apoyo a la Movilidad, en el término municipal de Valldemossa, el cual se gestiona desde los Servicios Sociales del Ayuntamiento
ARTÍCULO 2. Definición del Servicio de Préstamo de Ayudas Técnicas de Apoyo a la Movilidad
El servicio de préstamo de ayudas técnicas de apoyo a la movilidad es un servicio municipal de tipo universalista. Está dirigido a personas que necesiten disponer de ayudas técnicas debido a sus dificultades en la movilidad
ARTÍCULO 3. Condiciones de admisión
Pueden solicitar este servicio las personas que cumplan los siguientes requisitos:
ARTÍCULO 4. Objetivos del Servicio de Préstamo de Ayudas Técnicas de Apoyo a la Movilidad
El objetivo del presente servicio es facilitar el material de ayudas técnicas de apoyo a la movilidad que el Ayuntamiento de Valldemossa tiene al alcance del ciudadano con el fin de facilitar su vida cotidiana y la de sus cuidadores.
El servicio será inmediato, si bien dependerá de la disponibilidad de material y de la valoración por parte de los Servicios Sociales de las necesidades de las personas usuarias y de sus familias.
ARTÍCULO 5. Productos
ARTÍCULO 6. Persones destinatarias del Servicio de Préstamo de Ayudas Técnicas de Apoyo a la Movilidad
Con carácter prioritario lo serán aquellas personas con dificultades en su movilidad, personas con discapacidades definitivas o temporales que afecten su autonomía personal y movilidad
ARTÍCULO 7. Derechos de las personas beneficiarias
Las personas beneficiarias del servicio tendrán derecho a:
ARTÍCULO 8. Deberes de las personas beneficiarias
Los deberes de las personas beneficiarias son:
ARTÍCULO 9. Modalidad de gestión
Este será un servicio prestado por el Ayuntamiento de Valldemossa a través de los Servicios Sociales
ARTÍCULO 10. Financiación
El Servicio de Préstamo de Ayudas Técnicas de Apoyo a la Movilidad se puede financiar con las aportaciones de:
- la Comunidad Autónoma
- el Consejo Insular
- el Ayuntamiento de Valldemossa
- las personas beneficiarias:
ARTÍCULO 11. Tramitación, evaluación y seguimiento
Las solicitudes de las ayudas técnicas se le harán al/la Trabajador/a Social, siendo el procedimiento el siguiente:
DISPOSICIÓN FINAL.
Este Reglamento entrará en vigor a partir del día siguiente al de la publicación de su aprobación definitiva, al Boletín Oficial de las Islas Baleares, y permanecerá en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
El Alcalde
Nadal Torres Bujosa
ANEXO 1. HOJA REGISTRO
DATOS PERSONALES |
MATERIAL ENTREGADO |
DEPÒSITO ---------------------- MENSUALIDAD |
FECHA ENTREGA MATERIAL |
FECHA DEVOLUCIÓN MATERIAL |
FECHA ORDEN DEVOLUCIÓN A TESORERIA |
Nombre y apellidos
calle
Tfnos
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Nombre y apellidos
calle
Tfnos
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Nombre y apellidos
calle
Tfnos
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Nombre y apellidos
calle
Tfnos
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Nombre y apellidos
calle
Tfnos |
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ANEXO 2. ACUERDO DE CESIÓN
Primero.- El Ayuntamiento de Valldemossa cede al/la
Sr/Sra.:_______________________________________________________ con DNI ________________,
y teléfono_______________________el material que figura a continuación
1.- _____________________________________________________
2.- _____________________________________________________
3.- _____________________________________________________
4.- _____________________________________________________
5.- _____________________________________________________
Segundo.- La persona usuaria ha depositado una fianza de ________ euros, de acuerdo con lo previsto en la ordenanza fiscal reguladora del precio públic para la prestación de ayudas técnicas de apoyo a la movilidad y se compromete al copago mensual de _______ euros
Tercero .- La persona usuaria se somete plenamente al Reglamento del Servicio de Préstamo de Ayudas Técnicas de Apoyo a la Movilidad aprobadas por esta Corporación, así como a cualquier otra disposición jurídica que pueda afectar por la disposición de bienes municipales, así como al régimen sancionador que le sea de aplicación por incumplimiento del Reglamento o uso indebido de los bienes municipales.
Cuarto.- Esta cesión, no presupone en ningún caso derecho de titularidad hacia el cesionario, que lo tendrá que devolver al Ayuntamiento en iguales condiciones de uso que cuando se le ha puesto a su disposición
Valldemossa, _____________________________________________________________
De acuerdo con las condiciones,
El representante del Ayuntamiento La persona usuaria o su representante