Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE INCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 3 DE INCA
Núm. 10674
Procedimiento ordinario 956/2012 sobre otras materias
D./Dª Mª MATILDE SANCHEZ RODRIGUEZ, Secretario/a Judicial, del JDO. 1ª. INSTANCIA N. 3 de INCA, por el presente,
ANUNCIO:
En el presente procedimiento seguido a instancia de AGROILLA S.A.T. frente a JOANA AINA GOST LLINAS se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
FALLO
Se estima la demanda presentada por la procuradora D. Juana María Serra Llull, actuando en nombre y representación de la entidad mercantil AGROILLA, S.A.T. y se condena a D. JOANA AINA GOST LLINAS a abonarle la cantidad de 7.221,55 €, más los intereses de demora al tipo legal del interés de demora fijado en el artículo 7 de la Ley 3/2004 de 29 de diciembre por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales desde la fecha de vencimiento de cada una de las facturas por importe de 269,35€, dando una suma total de 7.490,09 €, así como al pago de las costas procesales.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Esta resolución no es firme, contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este juzgado, en el plzo improrrogable de veinte días contando desde el día siguiente a su notificación (artículo 458.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, redactado según la reforma de la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal.
De conformidad con la D.A. 15 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, por la que se modifica la L.O.P.J. 6/1985, de 1 de julio, para interponer recurso de apelación deberá consignarse como depósito la cantidad de 50 €.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. D. Catalina Mulet Gual, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº 3 (Antiguo Mixto nº 4) de Inca.
Y encontrándose dicho demandado, JOANA AINA GOST LLINAS, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
INCA a nueve de Junio de dos mil catorce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL