Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

AGENCIA BALEAR DEL AGUA Y LA CALIDAD AMBIENTAL

Núm. 21090
Resolución del Vicepresidente primero del Consorcio de Agua de las Islas Baleares, por la cual se autoriza la desafectación de las instalaciones de agua potable que forman parte de la ejecución del proyecto para la mejora del abastecimiento de agua en el municipio de María de la Salud, propiedad del Consorcio de Aguas de las Islas Baleares

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Resolución del Vicepresidente primero del Consorcio de Aguas de las Islas Baleares, por la cual se autoriza la desafectación de las instalaciones de agua potable que forman parte de la ejecución del proyecto para la mejora del abastecimiento de agua en el municipio de María de la Salud, propiedad del Consorcio de Aguas de las Islas Baleares

Antecedentes.

En fecha 24 de abril de 2014, y registro de entrada en la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio con el nº 20989/2014, se recibió un escrito del Ayuntamiento de María de la Salud, donde se solicita al Consorcio de Aguas de las Islas Baleares la cesión de la propiedad de depósito y conducción de agua potable, con el fin de mejorar el servicio de abastecimiento de agua en el municipio de María de la Salud.         

En fecha 17 de septiembre de 2014, el Área de Construcción, Gestión de Abastecimiento y Desaladoras de la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental informó sobre el estado de las obras, que figuran en el encabezamiento, ejecutadas por el anterior Consorcio de Aguas de María de la Salud. El mencionado informe señala lo siguiente    

1.- “Las instalaciones se encuentran en la actualidad fuera de servicio, inutilizables para el servicio de abastecimiento de agua potable.

2.- En la actualidad el abastecimiento de agua potable en María de la Salud, se realiza a través de la red de abastecimiento gestionada por la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental.”

En fecha 20 de octubre de 2014, los servicios jurídicos de la Agencia informaron favorablemente sobre el inicio del expediente de desafectación y cesión de la propiedad de las instalaciones de referencia por parte del Consorcio de Aguas de las Islas Baleares a favor del Ayuntamiento de María de la Salud.       

En fecha 27 de octubre de 2014, la Junta Rectora del Consorcio de Aguas de las Islas Baleares acordó:

“Primero.- Iniciar el expediente para poder llevar a cabo la desafectación y la cesión de la propiedad de las instalaciones de agua potable que forma parte del proyecto para la mejora del servicio de abastecimiento de agua potable en el municipio de María de la Salud, propiedad del Consorcio de Aguas de las Islas Baleares, a favor del Ayuntamiento de María de la Salud.     

Segundo.- Delegar la firma en el Vicepresidente primero del Consorcio de Aguas de las Islas Baleares para llevar a cabo todos el trámites para hacer efectiva la desafectación y la cesión gratuita de la propiedad de las mencionadas instalaciones”.

En fecha 14 de noviembre de 2014 y registro de salida de la Agencia Balear del Agua y de la Calidad Ambiental con el nº 1499/2014, se dio un trámite de audiencia de quince días al Ayuntamiento de María de la Salud, para poder presentar las alegaciones y los documentos oportunos a lo acordado por la Junta Rectora del Consorcio de Aguas de las Islas Baleares en fecha 27 de octubre de 2014.       

Posteriormente, en fecha 17 de noviembre de 2014, y registro de entrada en la Agencia Balear del agua y de la Calidad Ambiental con el nº 2518, el Ayuntamiento de María de la Salud comunicó que “no tenemos nada que alegar y no presentaremos ningún documento en referencia al asunto”           

Fundamentos de derecho.      

1.- El artículo 2 y 25 de la Ley 7/2010 de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Islas Balear.

2.- Los artículos 19.1.f) y 32 de los Estatutos del Consorcio de Aguas de las Islas Baleares, aprobados mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 15 de junio de 2012, por el cual se crea el Consorcio de Aguas de las Islas Baleares, a partir de la fusión de 23 consorcios de aguas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

3.- El artículo 35 de la Ley 6/2001, de 11 de abril del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

4.- El artículo 49 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de despliegue de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Por todo el expuesto anteriormente y en virtud del acordado en la Junta Rectora del Consorcio de Aguas de las Islas Baleares de fecha 27 de octubre de 2014, se               

RESUELVE

1.- Autorizar la desafectación de los bienes que figuran descritos a continuación, puesto que no son necesarios por servicio público al que estaban afectados.               

-Captación de agua subterránea dotada de una electrobomba de 18,5 Kw.           

-Depósito regulador de agua de 422 m3.                               

-Grupo de triple presión.       

-Conducción de agua potable hasta la red municipal de agua potable.   

2.- Notificar esta Resolución en el Ayuntamiento de María de la Salud.

3.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

4.- Anotar el contenido de esta Resolución en el Inventario General de Bienes y Derechos del Consorcio de Aguas de las Islas Baleares.        

 

Palma, 18 de noviembre de 2014.         

  

El Vicepresidente primero del Consorcio de Aguas de las Islas Baleares

Salvador Padrosa Payeras.