Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES
Núm. 20982
Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 19 de noviembre de 2014 por la cual se conceden ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que cursaban estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores en España durante el año académico 2013-2014
Antecedentes
1. El 19 de junio de 2014 se publicó, en el BOIB n.º 83, la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 12 de junio de 2014 por la cual se convocan ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que cursen estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores en España durante el año académico 2013-2014.
2. El 5 de julio de 2014 se publicó, en el BOIB n.º 91, la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 2 de julio de 2014 por la cual se modifica la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 12 de junio de 2014 por la cual se convocan ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que cursen estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores en España durante el año académico 2013-2014.
3. En fecha 29 de octubre de 2014 se publicó, en la página web de la Dirección General de Educación, Personal Docente, Universidades e Investigación (<http://dguni.caib.es>) y en la página web del Punto de Información Universitaria de esta Dirección General (<http://piu.caib.es>), la propuesta de resolución provisional de concesión de las ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que cursaban estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores en España durante el año académico 2013-2014 y se abrió el plazo pertinente para presentar alegaciones.
4. El día 15 de noviembre de 2014 se publicó, en el BOIB n.º 157, la Orden del consejero de Hacienda y Presupuestos de 12 de noviembre de 2014 por la cual se regulan las operaciones de cierre y apertura del ejercicio presupuestario. En esta Orden se fija el día 24 de noviembre de 2014 como fecha máxima para registrar los documentos contables de autorización y disposición de gasto con cargo al ejercicio presupuestario de 2014.
5. En fecha 19 de noviembre de 2014, el director general de Educación, Personal Docente, Universidades e Investigación ha dictado la propuesta de resolución definitiva de concesión y denegación de las ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que cursaban estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores en España durante el año académico 2013-2014, con indicación de los casos de exclusión. De acuerdo con los términos establecidos en la convocatoria, se prevé un plazo de diez días hábiles a contar desde la fecha de publicación de la propuesta de resolución definitiva para presentar alegaciones.
6. A causa de la fecha sobrevenida de cierre del ejercicio presupuestario, razones de interés general aconsejan dictar la resolución de concesión de estas ayudas sin que haya transcurrido el periodo de alegaciones porque, en caso contrario, sería imposible concederlas, ya que la fecha de autorización y disposición del gasto sería posterior a la fecha máxima dictada por el consejero de Hacienda y Presupuestos el día 12 de noviembre de 2014.
7. Cabe mencionar que esta actuación no causa indefensión a los solicitantes, puesto que esta Resolución prevé un plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación para que puedan interponer recursos.
Fundamentos de derecho
1. Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre).
2. Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 122, de 2 de septiembre).
3. Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB n.º 100, de 11 de julio).
4. Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 12 de junio de 2014 por la cual se convocan ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que cursen estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores en España durante el año académico 2013-2014 (BOIB n.º 83, de 19 de junio).
5. Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 2 de julio de 2014 por la cual se modifica la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 12 de junio de 2014 por la cual se convocan ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que cursen estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores en España durante el año académico 2013-2014 (BOIB n.º 91, de 5 de julio).
6. Orden del consejero de Hacienda y Presupuestos de 12 de noviembre de 2014 por la cual se regulan las operaciones de cierre y apertura del ejercicio presupuestario (BOIB n.º 157, de 15 de noviembre).
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Conceder una ayuda de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que cursaban estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores en España durante el año académico 2013-2014 a la señora Eura Fortuny Marquès, con el NIF 41509698B, por un importe de 450,00 euros, dado que su solicitud cumple los requisitos establecidos en la convocatoria y hay crédito adecuado y suficiente para otorgársela.
2. Excluir del procedimiento de concesión de ayudas de desplazamiento para alumnos de las Illes Balears que cursaban estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores en España durante el año académico 2013-2014, por los motivos indicados en cada caso, las siguientes personas:
N.º |
Apellidos |
Nombre |
NIF |
Motivo* |
2 |
Guasch Ferrer |
Neus |
47259557P |
2 |
4 |
Mancebo López |
Sherezade |
46959806Q |
1 |
1 |
Torres Boned |
Jordi |
47257661K |
2 |
5 |
Villegas Chemini |
Nerina Margarita |
46959756N |
3 |
1. No ha cursado estudios oficiales de enseñanzas artísticas superiores.
2. No ha aportado dentro de plazo la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario de las ayudas de acuerdo con las condiciones establecidas en la convocatoria.
3. No ha presentado la solicitud en ninguna de las formas previstas en la convocatoria.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en la página web de la Dirección General de Educación, Personal Docente, Universidades e Investigación (<http://dguni.caib.es>) y en la página web del Punto de Información Universitaria de esta Dirección General (<http://piu.caib.es>).
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Educación, Cultura y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, 19 de noviembre de 2014
La consejera de Educación, Cultura y Universidades
Maria Núria Riera Martos