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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

Núm. 20758
Resolución del consejero de Economía y Competitividad de 17 de noviembre de 2014 por la que se modifica la Resolución de 19 de junio de 2014 por la que se aprueba la convocatoria para conceder ayudas destinadas a mantener los puestos de trabajo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo mediante la financiación parcial de sus costes salariales y de la adaptación de los puestos de trabajo y la eliminación de barreras arquitectónicas y se aprueba la segunda ampliación del crédito asignado en ella

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Texto

Mediante la Resolución del consejero de Economía y Competitividad de 19 de junio de 2014 se aprobó la convocatoria para conceder ayudas destinadas a mantener los puestos de trabajo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo mediante la financiación parcial de sus costes salariales y de la adaptación de los puestos de trabajo y la eliminación de barreras arquitectónicas (BOIB núm. 86, de 24 de junio), con corrección de errores efectuada por la Resolución del mismo consejero de 30 de junio de 2014 (BOIB núm. 92, de 8 de julio).

De conformidad con el apartado noveno de la Resolución mencionada, el régimen de concesión de las ayudas que se establecen es el de concesión directa, de conformidad con el artículo 2.1.b) del Real Decreto 357/2006, de 24 de marzo, por el que se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en los ámbitos del empleo y de la formación profesional ocupacional (BOE núm. 83, de 7 de abril) y, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.5 de las bases reguladoras de las subvenciones en materia de trabajo y formación, aprobadas por Orden del Consejero de Trabajo y Formación de 4 de mayo de 2005, se aplicará un criterio de resolución por riguroso orden de entrada de las solicitudes en el registro general de la Consejería de Economía y Competitividad o en los registros y oficinas que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, hasta cubrir la disponibilidad presupuestaria.

No obstante, se ha observado que este criterio de resolución por riguroso orden de entrada está provocando retrasos indeseables en la tramitación de los expedientes causados ​​por la espera obligada del cumplimiento de requerimientos de subsanación en solicitudes que no aportan toda la documentación necesaria. Por ello, resulta necesario modificar el apartado noveno mencionado relativo a los criterios para seleccionar a los beneficiarios añadiendo un párrafo para que el orden de resolución del expediente venga determinado por la presentación de la subsanación de la documentación requerida en los casos que los expedientes se presenten de manera incompleta o irregular.

Por otra parte, de acuerdo con el apartado tercero de la Resolución mencionada, el crédito total asignado a las ayudas que establece la convocatoria es de un millón ochocientos mil euros (1.800.000 €), el cual se amplió a 3.006.000 € mediante la Resolución del consejero de Economía y Competitividad de 19 de agosto de 2014 (BOIB núm. 116, de día 28).

Los fondos asignados en la convocatoria se financian con cargo a los programas de apoyo al empleo de los presupuestos generales del Estado. En la LVIII sesión de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Sociales, que tuvo lugar el día 23 de abril de 2014, se aprobó la distribución de fondos en materia laboral de los presupuestos generales del Estado que deben gestionar las comunidades autónomas en el año 2014.

 El crédito total asignado en la convocatoria para conceder ayudas destinadas a mantener los puestos de trabajo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo mediante la financiación parcial de sus costes salariales y de la adaptación de los puestos de trabajo y la eliminación de barreras arquitectónicas es insuficiente para atender las solicitudes presentadas y que se prevé que se registrarán durante el periodo hábil de presentación, que acaba día 28 de noviembre de 2014.

Por todo ello, y dado que existe crédito presupuestario, dicto la siguiente

 

RESOLUCIÓN

 1. Modificar el apartado noveno de la Resolución del Consejero de Economía y Competitividad de 19 de junio de 2014 por la que se aprueba la convocatoria para conceder ayudas destinadas a mantener los puestos de trabajo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo mediante la financiación parcial de sus costes salariales y de la adaptación de los puestos de trabajo y la eliminación de barreras arquitectónicas, al que se le añade un apartado 4 con el siguiente contenido:

4. No obstante lo anterior, en caso de que en el expediente no conste la documentación que se requiere en esta Resolución y una vez requerida de acuerdo con lo previsto en el artículo séptimo.4, la fecha de la presentación de la subsanación es la que establece el orden de prelación para otorgar la subvención.

2. Ampliar en doscientos mil euros (200.000 €) el crédito asignado inicialmente en la Resolución del consejero de Economía y Competitividad de 19 de junio de 2014 por la que se aprueba la convocatoria para conceder ayudas destinadas a mantener los puestos de trabajo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo mediante la financiación parcial de sus costes salariales y de la adaptación de los puestos de trabajo y la eliminación de barreras arquitectónicas, con cargo a la partida presupuestaria 19601 322A01 47000.00 19203 de los presupuestos vigentes de la Comunidad Autónoma.

Con esta ampliación, la partida dispone de un crédito total asignado de un millón setecientos mil euros (1.700.000 €).

3. Fijar que con esta ampliación el crédito total asignado a la convocatoria es de tres millones doscientos seis mil euros (3.206.000 €).

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 17 de noviembre de 2014

 

La secretaria general

Carmen Cuart Serra

(Por delegación del consejero de Economía y Competitividad BOIB 70/2013, de 18 de mayo)