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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES

Núm. 20383
Resolución de la Consejera de Educación, Cultura y Universidades, de día 24 de octubre de 2015, por la cual se autoriza la especialidad de Violonchelo en el Centro Autorizado de Grado Elemental de Música CIDE de Palma

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Texto

Hechos

1. La Resolución del consejero de Educación y Cultura de 20 de mayo de 2011(BOIB nº. 85, de 7 de junio) y la corrección de errores advertidos (BOIB núm.116, de 2 de agosto), autorizó el centro privado de música el CIDE (código: 07014715) para impartir enseñanzas de grado elemental de música con la configuración siguiente: Grado Elemental de Música. Especialidades: Piano, Violín, Viola, Tuba y Bombardino, Trompeta, Flauta travesera y Fagot.

2. El 4 de julio de 2014 (NRE 1165/2014) la Dirección General de Planificación e Infraestructuras Educativas recibió la solicitud del Centro Autorizado de Grado Elemental de Música CIDE, de autorización, para el curso académico 2014-15, de la especialidad de Violonchelo.

3. El jefe de departamento de Planificación y Centros solicitó el 25 de septiembre de 2014 informe sobre la adecuación de esta ampliación de especialidad.

4. El día 13 de octubre de 2014, la Jefa de servicio de Régimen Especial informó favorablemente sobre autorizar la especialidad de violonchelo en el Centro Autorizado de Grado Elemental de Música CIDE

5. El 20 de octubre de 2014, el jefe del departamento de Planificación y Centros emitió informe favorable sobre el expediente de autorización de la especialidad de violonchelo en el Centro Autorizado de Grado Elemental de Música CIDE.

Desde la Dirección General de Planificación e Infraestructuras Educativas, que tiene la competencia para la autorización de las enseñanzas que se han de implantar en los centros educativos, se quiere facilitar la posibilidad de estudiar simultáneamente las enseñanzas artísticas elementales de música y de educación primaria, cómo regula el artículo 47.2 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

Fundamentos de derecho

1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4 de julio), reguladora del derecho a la educación.

2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4 de mayo), de educación.

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo (BOIB de 3 de abril), de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

4. El Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo) por el que se modifica el Real decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias.

5. El Real decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE del 12 de marzo), por el cual se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación secundaria.

6. El Real decreto 303/2010, de 15 de marzo (BOE de 9 de abril), por el cual se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas artísticas reguladas en la Ley orgánica 2/2006 de educación, de 3 de mayo, que deroga el Real decreto 389/1992, de 15 de abril (BOE de 28 de abril), pero que es aplicable a las enseñanzas elementales de música y danza hasta que las Administraciones Educativas no regulen estas enseñanzas elementales.

7. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 2/1983, de 25 de febrero (BOE de 1 de marzo), reformado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE de 16 de marzo), que en el artículo 36.2 establece que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

Por todo esto y a propuesta de la Dirección General de Planificación e Infraestructuras Educativas, de fecha 22 de octubre de 2014, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar la especialidad de violonchelo en el Centro Autorizado de Grado Elemental de Música CIDE de Palma.

Como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la manera siguiente:

Código de centro: 07014715

Denominación genérica: centro autorizado de grado elemental de música.

Denominación específica: Centro Autorizado de Grado Elemental de Música CIDE

Domicilio: C/ de l’Arner, nº. 3

Localidad: Palma

Municipio: Palma

CP: 07013

Enseñanzas autorizadas:

Grado elemental de música en las especialidades:

Piano, Violín, Viola, Violonchelo, Tuba y Bombardino, Trompeta, Flauta Travesera y Fagot.

Número de plazas escolares: 80

El centro mencionado queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando se tenga que modificar cualquiera de los datos en que señala esta Resolución.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución -que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición delante de la consejera de Educación, Cultura y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo delante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 24 de octubre de 2014

La Consejera de Educación, Cultura y Universidades

Maria Núria Riera Martos