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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 20268
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de la Modificación puntual de las Normas Subsidiarias y adaptación al PTI, ámbitos núcleos tradicionales, Sant Lluís. (8842/06)

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Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el anexo III y el artículo 95 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 10 de julio de 2014,

CONSIDERANDO

1. Que de acuerdo con el oficio del Ayuntamiento de Sant Lluís estas modificaciones son introducidas en el documento de modificación puntual de las Normas Subsidiarias y adaptación al PTI en el ámbito de los núcleos tradicionales y suelo rústico, aprobado provisionalmente en fecha 18 de mayo de 2011 para enmendar las deficiencias impuestas por el Pleno del Consell Insular en fechas 08 de agosto de 2012 y 22 de julio de 2013.

2. Que una vez revisados el cambios realizados, en cuanto a delimitación en detalle, cambios de clasificación de algunas parcelas y normativa y analizado su repercusión ambiental en referencia al último documento del texto refundido de la memoria ambiental (mayo 2011) se concluye que no se ven afectadas y serían por lo tanto válidas las determinaciones del citado documento.

3. Que la mayoría de los cambios llevados a cabo mejoran la definición e interpretación del documento, mejoran la delimitación cartográfica de cada clase de suelo, adaptándose a la realidad física del territorio, evitan contradicciones con otros instrumentos de ordenación y gestión territorial y actualizan el marco normativo de referencia, aspectos todos ellos que siempre tendrán una implicación positiva de cara a la eficiencia de la gestión territorial.

4. Que otros tipos de cambios que se analizan son algunas clasificaciones propuestas que se modifican debido a las prescripciones impuestas por el Departamento de Ordenación del Territorio del Consell Insular de Menorca, cambios que a pesar de ser de pequeñas dimensiones suponen un pequeño aumento general de los sistemas generales libres públicos y una ligera reducción de la superficie clasificada como urbana.

ACUERDA

Que las modificaciones introducidas en el documento de “Modificación puntual de las Normas Subsidiarias y adaptación al PTI en el ámbito de los núcleos tradicionales y suelo rústico, del TM Sant Lluís”, aprobado provisionalmente en fecha 18 de mayo de 2011 para enmendar las deficiencias impuestas por el Pleno del Consell Insular en fechas 08 de agosto de 2012 y 22 de julio de 2013, aunque son numerosas, no se pueden considerar modificaciones sustanciales desde el punto de vista ambiental ya que no se aprecia ningún impacto negativo respecto a la planificación existente. Por lo tanto, se propone al Subcomitè la ratificación del Acuerdo del Pleno de la CMAIB de fecha 17 de marzo de 2011.

 

Palma, 6 de octubre de 2014

El presidente de la CMAIB
José Carlos Caballero Rubiato