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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 20203
Aprobación definitiva del proyecto de compensación del polígono 1-26-1 de las NNSS de Manacor

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Texto

El Alcalde del Ayuntamiento de Manacor, en fecha 24 de octubre de 2014, ha dictado la siguiente resolución:

1) Aprobar definitivamente el proyecto de compensación urbanística del polígono 1-26-1 de las NNSS de Manacor presentado por la Junta de Compensación del polígono con la prescripción que en el momento de calcular la cuota de liquidación definitiva se deberán incluir el coste de las indemnizaciones de 91.404,37€ a pagar a los propietarios de las edificaciones a demoler, y se deberá de rectificar el coste total de las expropiaciones según el coste definitivo del proyecto de expropiación aprobado por el Ayuntamiento.

2) Destinar al patrimonio público del suelo las parcelas resultantes identificadas con los números 11 y 27 correspondientes al 10% del aprovechamiento urbanístico  que recibe el Ayuntamiento según el proyecto de compensación.

3) Atribuir, de conformidad con el Art. 125 en relación al 174.4 del Reglamento de Gestión Urbanística, el mismo efecto que el acta de ocupación a efectos expropiatorios, respecto de los derechos y cargas que se hayan de extinguir.

4) Notificar la presente resolución a los propietarios incluidos en el ámbito del polígono 1-26-1.

En conformidad con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podéis interponer, alternativamente, recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar del día siguiente a la notificación de la resolución ante el mismo órgano que dictó el acto, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del contencioso-administrativo de Palma, en el plazo de dos meses a contar del día siguiente a la notificación de la resolución. Si optáis para interponer el recurso de reposición potestativo, no podréis interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel no sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. El plazo para interponer, en su caso, recurso contencioso-administrativo, si habéis optado para interponer recurso de reposición potestativo, será de dos meses, contados del día siguiente a la notificación de la resolución expresa del recurso de reposición. Si no hubiera resolución expresa, el plazo será de seis meses a contar de la fecha en que se entienda desestimado por silencio el recurso de reposición.

Manacor, 4 de noviembre de 2014

La delegada de Urbanismo y Obras

Catalina Riera Mascaró