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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

PRESIDENCIA, PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO Y CONSEJO EJECUTIVO

Núm. 20595
Notificación por edictos, a efectos del artículo 59.5, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, a la asociación Corporación Alternativa Vida

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Texto

De conformidad con lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y dado que por dos veces se ha intentado notificar a la asociación Corporación Alternativa Vida la notificación siguiente, se procede mediante este edicto a su formal notificación.

«El artículo 81.3 del Reglamento Orgánico del Consejo Insular de Mallorca establece que las asociaciones inscritas en el Registro de Entidades de Participación Ciudadana están obligadas a comunicar al Registro cualquier modificación de los datos relativos a

a) Estatutos de la asociación,

b) Número de inscripción en el Registro General de Asociaciones,

c) Nombre de las personas que ocupen cargos directivos,

d) Domicilio social,

Junto con esta comunicación se tienen que presentar los certificados actualizados de los apartados e) y f). Asimismo se tiene que presentar una memoria anual de actividades.

La última comunicación que consta en vuestro expediente es del año 2013. Por eso le pido que, en el plazo de un mes, comunique si se ha producido alguna modificación en los datos de la asociación relativos a:

a) Estatutos de la asociación,

b) Número de inscripción en el Registro General de Asociaciones,

c) Nombre de las personas que ocupen cargos directivos,

d) Domicilio social,

junto con la actualización de datos, se tienen que enviar el certificado relativo al número de socios, actualizado, el presupuesto de la entidad y una memoria de los últimos años.

En caso de incumplimiento, se iniciará el trámite de audiencia para que el Consejo pueda dar de baja a la asociación en el registro, como establece el apartado 4 del artículo 81 del Reglamento orgánico del Consejo.»

 

Palma, 17 de noviembre de 2014

El secretario general
Jeroni M. Mas Rigo