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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR

Núm. 20502
Orden de ejecución expediente 000109/2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Ante la imposibilidad de dar traslado a RESIDENCIAL VERTIX PUIG DE ROS  del decreto de fecha 28 de octubre de 2013 y  en relación a la orden de ejecución de la Avda Ocells de la urbanización Puig de Ros, expediente 000109/2013-GENURB, a través del presente edicto se le notifica, de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/92 L.R.J.A.P. y P.A.C. de 26 de noviembre y 194 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, el Decreto de Alcaldía de fecha 28 de octubre de 2013  del siguiente tenor literal :

“Habida cuenta la existencia de distintos carteles publicitarios en varias zonas de dominio público calificadas como espacios libres públicos, en la Urbanización Puig de Ros, sin contar con la correspondiente licencia municipal.

Dichas instalaciones se encuentran en estado de abandono por parte de las entidades promotoras o constructoras de las edificaciones ofertadas en su momento.

Visto lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 10/1990 de Disciplina Urbanística de la CAIB, los propietarios de terrenos, urbanizaciones, edificaciones e instalaciones deberán mantenerlos en condiciones de seguridad y salubridad. A tal efecto los Ayuntamientos ordenarán la adopción de las medidas necesarias para conservar dichas condiciones.

El artículo 3 del Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales, aprobado por R.D. 1372/1986, de 13 de junio, establece:

“1. Son bienes de uso público local los caminos, plazas, calles, paseos, parques, aguas de fuentes y estanques, puentes y demás obras públicas de aprovechamiento o utilización generales cuya conservación y policía sean de la competencia de la entidad local.”

Considerando que corresponde al Ayuntamiento la vigilancia de los bienes de dominio y uso público en cumplimiento de su deber legal de inspección y policía urbanística  general, teniendo la facultad de recuperar en cualquier momento la posesión y el uso de sus bienes, utilizando todas las medidas compulsorias legalmente admitidas,  por el presente vengo en disponer lo siguiente:

PRIMERO.- Requerir a  RESIDENCIAL VERTIX PUIG DE ROS para que en el plazo de 15 días proceda a la retirada del cartel publicitario instalado en el espacio libre público sito en AVDA OCELLS  de la urbanización Puig de Ros.

SEGUNDO.-  Requerir la interesado para que en ese mismo plazo de cuenta a este Ayuntamiento de la retirada de dicho cartel publicitario.

TERCERO.- Apercibir al interesado de que de no atender este requerimiento se llevará a cabo por el Ayuntamiento a costa del obligado a través del procedimiento de ejecución subsidiaria.

CUARTO.- Dar traslado a la Policía Local para su conocimiento y seguimiento  de la ejecución de lo ordenado”.

Lo que le comunico, para el conocimiento y efectos, significándole que de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/98 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede optar entre la interposición del recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación. Si optara por interponer recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente”.

 

Llucmajor, a 05 de noviembre de 2014

El Alcalde,

Juan C. Jaume Mulet.-