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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 20011
Sanidad y Consumo.- Consumo y Mercados.- Mercado Pere Garau, puesto 76.- Notificación resolución.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dado que no se ha podido practicar la notificación personal del Decreto de Alcaldía número 15594 de 15 De setiembre de 2014 a Dª. ISABEL MARIA BONNIN RIUTORT,  D.N.I.  43070209H, la cual se intentó los dias 3 y 7 de octubre de 2014, en cumplimiento del artículo 59 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de Enero, se publica la resolución mencionada en el BOIB, sirviendo dicho anuncio de notificación expresa a la persona interesada:

“DECRETO: PRIMERO.- Darse por enterado de la manifestación efectuada por la entidad mercantil MERGRAU 1, S.A. (CIF. Nº. A-077725054), mediante escrito presentado en el Registro General de este Ayuntamiento en fecha 7 de julio de 2014 por el Sr. José Bonnín Piña, con D.N.I. 41326010-R, por el cual comunica lo siguiente: "El traspaso (30/6/2014) de los derechos de explotación que ostentaba sobre la parada|puesto de venta nº. 76 la Sra. Isabel Maria Bonnín Riutort, mayor de edad, con DNI. 43070209, a favor de la Sra. Catalina Jaume Cifre, mayor de edad, con DNI. 42948134G; destinando el puesto de venta a la misma actividad de comercio menor de carnes."

El Ayuntamiento únicamente se da por enterado de la referida manifestación, siempre que el traspaso se formalizó entre las partes anteriormente a la comunicación presentada.

SEGUNDO. - Notificar el presente Decreto a los interesados, con advertencia expresa a los cesionarios de la obligación del cumplimiento de la normativa reguladora y expresamente las disposiciones legales de carácter general en materia de Consumo, Sanidad, policía, alimentación, comercio interior, laborales, fiscales y cuántas otras resulten de aplicación, tanto si emanan del Estado, como de la Comunidad Autónoma o Ayuntamiento de conformidad con lo dispuesto en el Título V, Capítol I, art. 29 1. a) del Reglamento de Régimen Interior Del Mercado Municipal Permanente de Pere Garau.”

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción dada al mismo por la Ley 4/99, de 13 de enero. El plazo para interponerlo es de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, no pudiendo, en este caso, interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición potestativo deberá presentarlo en el Registro general de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 38, 4º, de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificada la resolución, en el término de un mes, a contar del día siguiente a su interposición, quedando en este caso expedita la vía contencioso-administrativa.

De no utilizar el recurso potestativo de resolución, cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el artículo anteriormente citado, y a los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación,  sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se estime pertinente”.

 

Palma de Mallorca, 10 de noviembre de 2014

 

La Jefe del Departamento de Medio Ambiente, Sanidad y Consumo

p.d. Decreto de Alcaldia 3000/2014 (BOIB 30 de 4/3/2014)

Rosa Llinás Bosch