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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 19910
Resolución de Presidencia de acumulación de expedientes 30/2014 y 53/2014 de Restablecimiento de la Legalidad Urbanística

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

No habiendo sido posible la notificación personal al interesado en el domicilio indicado en el expediente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común y en cumplimiento de la normativa de protección de datos de carácter personal, se procede a la publicación del presente anuncio de resolución emitida por el Presidente en funciones del Consell Insular de Formentera el día 14 de octubre de 2014

Santiago Juan Juan, Vicepresidente Primero y Presidente en funciones del Consell Insular de Formentera.

Vista la propuesta del Instructor Sr. David Francés Alonso, de fecha 14 de octubre de 2014, y que se transcribe a continuación:

PROPUESTA ACUMULACIÓN EXP 30/2014 Y 53/2014 DE RESTABLECIMIENTO DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICA

Visto que en fecha 21 de abril de 2014 se inicia expediente de Restablecimiento de la Legalidad Urbanística 30/2014 contra el Sr. (datos personales ocultos), como promotor, y (datos personales ocultos), como empresa constructora de obras consistentes en la "Construcción de un nuevo muro y eliminación de tabiques" sin licencia en Casa Es Castellet, Vénda de Porto Saler ***.

Visto que en fecha 7 de agosto de 2014 se inicia expediente de Restablecimiento de la Legalidad Urbanística 53/2014 contra el Sr. (datos personales ocultos) por obras consistentes en la "Ampliación de vivienda principal y construcción de un anexo a la vivienda sin título habilitante en Casa Es Castellet, Vénda de Porto Saler ***.

Dado que ambos expedientes coinciden interesado principal y la ubicación de la denuncia.

Teniendo en cuenta los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Artículo 73 acumulaciones

El órgano administrativo que inicie o tramite un procedimiento, cualquiera que haya sido la forma de su iniciación, podrá disponen su acumulación a otros con los que guarde identidad sustancial o íntima conexión.

Contra el acuerdo de acumulación no procederá recurso alguno.

PROPONGO

1.- Acumular los expedientes de Restablecimiento de la Legalidad Urbanística 30/2014 y 53/2014 en un único expediente con número 30/2014

(...)

En virtud de las atribuciones legalmente conferidas,

HE RESUELTO

Primero.- ACORDAR la acumulación de los expedientes 30/2014 y 53/2014 en un único expediente con número 30/2014.

Segundo.- NOTIFICAR la presente a los interesados

 

Contra este decreto no cabe interponer recurso alguno

Formentera, 28 de octubre de 2014

El Vicepresidente Primero y Presidente en funciones
Santiago Juan Juan