Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 19765
Resolución del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 28 de octubre de 2014 por la que se autoriza la modificación de las tarifa del servicio de transporte urbano de viajeros en taxi de Andratx (Exp.: SGCAMAT 04/2014 SPTU)
Hechos
1. El 20 de agosto de 2014, el Ayuntamiento de Andratx presentó a la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio certificación relativa a la modificación de las tarifas presentadas por los representantes de los taxistas de Andratx.
2. El 5 de septiembre de 2014, el Consorcio de Transportes de Mallorca emitió un informe técnico en el que se informa favorablemente sobre la modificación de tarifas urbanas de taxi aprobadas por el Ayuntamiento de Andratx.
3. La Comisión de Precios de las Illes Balears, en la sesión de día 8 de octubre de 2014, examinó el expediente y adoptó el siguiente acuerdo:
“Dictaminar favorablemente, por unanimidad de los asistentes, sobre la modificación de tarifes siguientes, del servicio de transporte urbano de viajeros con taxis, solicitada por el Ayuntamiento de Andratx:
Tarifa 1: quilómetro recorrido en día laborable (6 – 21 horas) |
0,98 € |
Tarifa 2: quilómetro recorrido en día festivo o noche (21 – 6 horas) |
1,10€ |
Bajada de bandera |
2,10 € |
Hora de espera |
17,45 € |
Suplementos: |
|
Radioteléfono |
1,19 € |
Maletas |
0,50 € |
Bajada de bandera Navidad |
2,05 € |
Fundamentos de derecho
1. El Real Decreto 2226/1977, de 27 de agosto, sobre autorizaciones de aumento de tarifas de servicios de competencia local (BOE núm. 207, de 30 de agosto).
2. La Orden Ministerial de 30 de septiembre de 1977, sobre tramitación de expedientes de modificación de tarifes de los servicios de competencia local (BOE núm. 241, de 8 de octubre).
3. El Real Decreto 2695/1977, de 28 de octubre, sobre normativa en materia de precios (BOE núm. 260, de 31 de octubre).
4. El Real Decreto Ley 7/1996, de 7 de junio sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento y liberalización de la actividad económica (BOE núm. 139, de 8 de junio).
5. Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 60, de 2 de mayo de 2013).
6. El Decreto 30/2013, de 14 de junio, por el que se crea la Comisión de Precios del Agua y los Transportes Urbanos y se regula la composición y el funcionamiento (BOIB núm. 85, de 15 de junio de 2013).
Por todo ello, dicto la siguiente
Propuesta de resolución
Propongo al Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio que dicte una resolución en los siguientes términos:
1. Autorizar, de acuerdo con el dictamen de la Comisión de Precios de las Illes Balears de la sesión de 29 de mayo de 2014, las tarifas siguientes en relación con el servicio de transporte urbano de viajeros en taxi, solicitada por el Ayuntamiento de Alcudia:
Tarifa 1: quilómetro recorrido en día laborable (6 – 21 horas) |
0,98 € |
Tarifa 2: quilómetro recorrido en día festivo o noche (21 – 6 horas) |
1,10 € |
Bajada de bandera |
2,10 € |
Hora de espera |
17,45 € |
Suplementos: |
|
Radioteléfono |
1,19 € |
Maletas |
0,50 € |
Bajada de bandera Navidad |
2,05 € |
2. Notificar esta Resolución a la entidad interesada.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
4. Esta Resolución entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recuso de reposición ante el Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
Palma, 28 de octubre de 2014
La Secretaria General
Ana Martínez Cañellas
Conforme con la propuesta. Dicto Resolución.
El Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio
Gabriel Company Bauzá