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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 10 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 19210
Juicio de Faltas 315/2014

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Que en  virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a LENA PEUTCH, PATRICK OLIVER PLOCH  la sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

 “En Palma de Mallorca, a 2 de junio de 2014

Vistos por mí, Laia Piñol Jové, Jueza del Juzgado de Instrucción Nº10 de Palma de Mallorca, los autos del Juicio de Faltas arriba identificado, en los que figura como denunciantes los agentes del Cuerpo Policía Local con carné profesional núm.  770 y 745 y Antonia CUENCA SÁNCHEZ,  como denunciados Patrick OLIVER PLOCH y Lena PEUTCH , habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal en la persona del Ilmo. Sr. Don Ladislao Roig Bustos, resultan los siguientes

 FALLO

Que condeno a Patrick OLIVER PLOCH y Lena PEUTCH, como autores de una falta de hurto a la pena, para cada uno de ellos, de multa de 30 días con una cuota diaria de 3€ (90€ en total), por cada dos cuotas que deje de satisfacer será privado un día de libertad; y al pago de las costas procesales.

Notifíquese informando que la presente resolución no es firme y que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Baleares. Para ello, en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente, habrá de presentarse ante este Juzgado escrito en el que se expongan ordenadamente las alegaciones sobre quebrantamiento de las normas y garantías procesales, error en la apreciación de las pruebas o infracción de precepto constitucional o legal en las que se base la impugnación y se fijará el domicilio para notificaciones.

Así lo acuerdo y firmo”

 En PALMA DE MALLORCA a 9 de Octubre de 2014.

 EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL