Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 2 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 19069
Juicio de Faltas 242/2014
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a MOUSSA DIOP la sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Que debo condenar a D. Moussa Diop, en quien lno concurre ninguna circunstancia modificativa de responsabilidad penal, como autor responsable de una falta de hurto ejecutada en grado de tentativa del art. 623 del C. Penal a la pena de 1 mes de multa con una cuota diaria de 5 euros, es decir, al pago en total de 150 euros; cantidad que en caso de impago y previa acreditación de la insolvencia del penado, dará lugar a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de localización permanente por cada dos cuotas no satisfechas, en virtud de lo establecido en el art. 53 CP.
Y todo ello con expresa imposición de costas a D. Moussa Diop. Dichas costas no podrán comprender en ningún caso los honorarios de los abogados que en esta causa hayan podido participar.
En PALMA DE MALLORCA a 23 de Octubre de 2014.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL