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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES

Núm. 19461
Notificación en relación a los requerimientos efectuados por falta de documentación para la inscripción de inicio de actividad turística de establecimientos de alojamiento turístico tramitados por la dirección general de Turismo

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Debido a que no ha sido posible la notificación de los requerimientos efectuados solicitando documentación a las personas físicas o jurídicas interesadas, de acuerdo con lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, mediante este anuncio se notifica a los establecimientos indicados lo siguiente:

Núm. Exp.: 1526/2013/ET     

Nombre comercial: ANTONI ADROVER ADROVER

Dirección: Polígono 21, parcela 89, del término municipal de Manacor.

Clasificación: Estancia Turística

Plazas: 8

Propietario: Antonio Adrover Adrover

NIF: 42956749V

Deficiencias detectadas:

  • Croquis o Planos del establecimiento con todos los datos reflejados en el informe.
  • En la Declaración responsable de inicio de actividad Anexo 1 presentada faltan los siguientes datos:
    • Nombre comercial del establecimiento.     
    •  Teléfono.
    •  confirmar si el explotador es el mismo propietario, en caso contrario rellenar los datos correspondientes.

Se tendrá que presentar, per tanto, nueva Declaración responsable de inicio de actividad Anexo 1 correctamente rellenado.

Lo que se comunica, de conformidad con las disposiciones del artículo 71 de modificación y mejora de la solicitud, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones publicas y del procedimiento administrativo común, en relación con el apartado 71. Bis sobre la DRIAT que ha presentado, con la salvedad de que, después de 10 días desde el día siguiente a la recepción de este escrito y en caso usted no haya proporcionado la documentación anterior, esta sea inexacta, falsa o ha sido omitido parte esencial de la misma, de acuerdo con el párrafo 71 bis 4 de la mencionada ley, se determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad, se entenderá que ha desistido de su petición, previa resolución que se dictará según lo que dispone el artículo 42 de la citada ley.

  

Palma, 23 / 10 / 2014

  

La jefa de Departamento de Ordenación y Planificación Turística

Margarita Sendín Rebassa