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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 19449
DISCIPLINA: DS-2007/561-02 Notificación archivo de expediente

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Como consecuencia del expediente incoado en este negociado por presunta infracción urbanística al Sr. Miguel Moyà Rosselló, exp. nº DS-2007/561-02 y dado que se ha intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica al Sr. Miguel Moyà Rosselló de conformidad con los arts. 59-4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; y 194 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, que transcrito dice:

Le notifico que por decreto de Alcaldía nº 14812 de 01.09.2014, se ha dispuesto lo siguiente: 

El 24.06.2014 se adoptó el acuerdo del Consejo de la Gerencia de Urbanismo por el cual se inicia procedimiento sancionador al Sr. Miquel Moyà Rosselló, por la realización de obras sin licencia municipal situadas en la calle Monsenyor Palmer 6-bj-1, RC 08602501001, consistentes en: “Colocación PNI en sustitución del cerramiento de la terraza chaflán, 18 ml. Cuatro p II en formación de pilares de 8x8 para apoyo P.I. Reforma interior del local +-25m2 de tabiques de pladur entre la planta baja y el sotano (acta del celador de 02.11.2007). Se ha cubierto con planchas de aluminio, aislante de aprox 20 m2. Colocación de p. metálicos en el pavimento de la terraza con aluminio, acristalado, guía y motores para su deslizamiento (aprox. 26 m2). Se ha colocado parquet en toda la superficie de la terraza (unos 40 m2). Acta del celador de 10.01.2008)”.

El 1 de agosto de 2014 el Sr. Miguel Moyà Rosselló presentó escrito de alegaciones contra el citado acuerdo del Consejo de Gerencia de Urbanismo.

El técnico de administración general ha emitido un informe el 1 de agosto de 2014, sobre las alegaciones presentadas.

La instructora que suscribe, de acuerdo con el Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el que se aprueba el reglamento del procedimiento a seguir por la administración de la CAIB; el Reglamento de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Palma (BOIB núm. 98 de 28/06/05); el art. 21 y 127 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local; el art. 164 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, el Decreto de Alcaldía núm. 8436, de nombramiento de los titulares de las áreas de gobierno, de 13 de mayo de 2013, y el Decreto de Alcaldía 954, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Palma, de 27 de enero de 2014, y demás normativa aplicable , considera que el teniente de alcalde del Área de Urbanismo y Vivienda puede dictar el siguiente:

DECRETO

1. Estimar las alegaciones realizadas el 01.08.2014 por el Sr. Miguel Moyà Rosselló contra el acuerdo del Consejo de la Gerencia de Urbanismo de 24.06.2014,  por el cual se inicia procedimiento sancionador a Miquel Moyà Rosselló, por la realización de obras sin licencia municipal situadas en la calle Monsenyor Palmer 6-bj-1, RC 08602501001.

Al considerar:

a) El recurrente indica que no participó en la realización de las obras denunciadas.

De la revisión del expediente DO 2007/561 cabe constatar que no figuran elementos objetivos que permitan imputar la dirección de las obras denunciadas al técnico titular del presente expediente.

b) Visto el artículo 130 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones publicas y del procedimiento administrativo común que establece que solo podrán ser sancionados por hechos constitutivos de infracción administrativa las personas físicas y jurídicas que resulten responsables de los mismos, y visto el principio de presunción de inocencia establecido en el artículo 137 de la misma ley.

2. Archivar el presente expediente sancionador, DS 2007/561-02, visto que no existe prueba fehaciente de la participación del técnico Miguel Moyà Rosselló en las obras denunciadas.

3. Dar cuenta del presente decreto al interesado.

Lo que le notifico a los efectos oportunos. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el art. 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción de la Ley 4/99, de 13 de enero. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de recibir esta notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.

El recurso potestativo de reposición deberá presentarse ante el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a las que se refiere el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto ni notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición, y en este caso quedará expedita la vía contencioso administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el art. antes citado y el 45 i siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que considere conveniente.                     

Para el Servicio de Registro de documentos, Caja, así como Información General y Fiscal, se pueden dirigir a las siguientes Oficinas: OAC Cort Pl. Santa Eulàlia, 9; OAC Sant Ferran Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policia Local); OAC S’Escorxador, c. Emperadriu Eugènia, 6 (S’Escorxador); OAC S’Arenal,  Av Amèrica, 11 (S’Arenal);  OAC Avingudes , Av. Gabriel Alomar, 18 (Edifici Avingudes); OAC Son Ferriol,  Av. Cid, 8 (Son Ferriol); OAC Sant Agustí,  c. Margaluz, 30 (Sant Agustí). OAC Pere Garau, c. Pere Llobera, 9. Horario de atención al Público: Todo el año de 8.30 a 14 h de lunes a viernes.  Horario ampliado de octubre a mayo: de lunes a jueves de 8.30 a 17 h, a l'OAC AVINGUDES, Av. Gabriel Alomar, 18. Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h en la OAC Cort, Plaza Sta. Eulália,9 (sólo Registre).

 

Palma, 03.11.2014

 

La jefa de Departamento de Disciplina urbanística y Seguridad de los Edificios

(p.d. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012, BOIB nº 85 de 14/6/2012)

Elvira Salvà Armengod