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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 19374
Anuncio de notificación de resolución de inicio de expediente por infracción administrativa en materia de conservación de espacios de relevancia ambiental EN 085/14, EN 084/14, EN 49/14

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 En aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, debido a que no se ha conseguido notificar a través del servicio de Correos la resolución de inicio correspondiente al expediente sancionador por presunta infracción en materia de conservación de espacios naturales que se indica a continuación, se notifica por medio de este anuncio a la persona que se señala continuación, que se ha dictado la Resolución de inicio del procedimiento sancionador correspondiente.

El expediente está a disposición de la persona interesada en la Dirección General de Medio Natural, Educación Ambiental y Cambio Climático de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio del Gobierno de las Islas Baleares (c. Gremio de Corredores, 10, polígono de Son Rossinyol, Palma), de lunes a viernes, de 9 a 14 horas.

De conformidad con el Reglamento del procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad Autónoma en ejercicio de la potestad sancionadores, aprobada por el Decreto 14/1994, de 10 de febrero, (BOCAIB núm. 21, de 17/2/1994), las personas interesadas disponen de un plazo de 15 días hábiles, a contar a partir de la publicación de este anuncio, para formular las alegaciones y proponer las pruebas que consideren oportunas. Así mismo, en este plazo pueden reconocer su responsabilidad y pagar el importe de la sanción correspondiente mediante el impreso oficial (modelo 046), que les facilitará la Consejería, la cual cosa determinará la finalización del procedimiento sancionador. En el caso que no formulen alegaciones ni reconozcan la responsabilidad dentro de este plazo, la resolución de inicio podrá ser considerada la propuesta de resolución del expediente.

Núm. exp.

Expedientat

Article i norma infringida

Sanció

EN 049/14

Jorges Reus salvador

Art. 50.1.c), Ley 5/2005, de 26 de mayo

200

EN 084/14

Igor Kuzmin

Art. 50.2, Ley 5/2005, de 26 de mayo

500

EN 085/14

Igor Kuzmin

Art. 50.2, Ley 5/2005, de 26 de mayo

500

 

Palma, 31 de octubre de 2014

 

La directora general de Medio Natural,

Educación Ambiental y Cambio Climático

Neus Lliteras Reche