Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER NÚM. 2 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 18827
Divorcio contencioso 89/2014
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento de referencia se ha dictado la SENTENICA de 15/10/2014 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Que, estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Dª MARIA JOSE ANDREU MULET, en nombre y representación de Dª NAMINATA FOFANA contra D. SEYDOU HEBIE, ACUERDO las siguientes medidas:
1º.- DIVORCIO. La disolución del matrimonio formado por Dª NAMINATA FOFANA y D. SEYDOU HEBIE.
2º.- PATRIA POTESTAD. La patria potestad de los menores será ejercida conjuntamente por ambos progenitores. Si bien, el ejercicio diario de la misma será ejercida por la madre, como progenitora custodia.
3º.- GUARDA Y CUSTODIA: Se concede la guarda y custodia de los dos hijos menores a la madre Dª NAMINATA FOFANA.
4º.- REGIMEN DE VISITAS: no procede la fijación de régimen de visitas alguno.
5º.- PENSIÓN ALIMENTICIA Dº SEYDOU HEBIE deberá abonar en concepto de alimentos para los hijos comunes la cantidad total de 300 euros (150 euros por cada hijo), dentro de los cinco primeros días de cada mes, actualizable anualmente conforme a las variaciones que experimenten los índices de precio al consumo publicado por el Instituto Nacional de Estadística o el que legalmente le sustituya. Siendo la primera y sucesivas revisiones en el mes de enero.
6º.- GASTOS EXTRAORDINARIOS: En cuanto a los gastos extraordinarios, serán abonados al cincuenta por ciento (50%) entre cada uno de los progenitores.
7º.- No se hace imposición de costas a ninguna de las partes.
Y como consecuencia del ignorado paradero de , se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
PALMA DE MALLORCA a dieciséis de Octubre de dos mil catorce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICAL