Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 18708
Procedimiento Ordinario 300/2012
D/Dª PAULA MATEO ERROZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 300/2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª contra la empresa GESTION HOTELERA BALEARS SL, sobre RECLAMACION DE CANTIDAD, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
F A L L O
Que, estimando la demanda de Dª María Isabel Aragón Carranza y de D. Óscar-Antonio Carvajal Guzmán, frente a “Gestión Hotelera Balear, S.L.”, condeno a esta demandada a que abone a la Sra. Aragón la cantidad de 2.945’39 € y al Sr. Carvajal la cantidad de 2.917’53 €, por los conceptos reclamados en la demanda, más los intereses que dichas cantidades devenguen al tipo del 10%.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma NO cabe interponer recurso.
Así, por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Diligencia de Publicación.- La extiendo yo la Sra. Secretaria para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando la Ilma. Sra. Magistrada que la dictó celebrando Audiencia Pública. Reitero fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a GESTION HOTELERA BALEAR SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de les Illes Balears.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a trece de Octubre de dos mil catorce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL