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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA

Núm. 17573
Procedimiento Ordinario 197/2014

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  TERESA MARIA BALLESTER MANRESA, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 001 de IBIZA/EIVISSA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000197 /2014 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D/Dª CRISTINA ESCANDELL FERNANDEZ contra  ESTACIONAMIENTOS Y SERVICIOS, SA,  PARK CONTROL 2000, SL  ,  AYUNTAMIENTO DE IBIZA   sobre ORDINARIO, se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

“FALLO

Desestimo las excepciones de incompetencia de jurisdicción y falta de legitimación pasiva.

Estimo la demanda interpuesta por  Dª. CRISTINA ESCANDELL FERNÁNDEZ contra ESTACIONAMIENTOS Y SERVICIOS, S.A.U. (EYSA), PARK CONTROL 2000, S.L. y AYUNTAMIENTO DE IBIZA, y declaro el derecho de la actora a disfrutar de los mismos beneficios sociales de que dispone el personal del Ayuntamiento de Ibiza, según los artículos 102 a 105 del Convenio Regulador de las condiciones laborales de los funcionarios del Ayuntamiento de Ibiza, y,  condeno a ESTACIONAMIENTOS Y SERVICIOS, S.A.U. (EYSA), a estar y pasar por tal declaración, y a hacerle pago a la actora de 1.876,83 euros

Absuelvo a PARK CONTROL 2000, S.L. y al AYUNTAMIENTO DE IBIZA de las peticiones formuladas en su contra.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al de la notificación del presente fallo, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita haber consignado el importe íntegro de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, número 0493/0000/60/0197/14, en la entidad SANTANDER, o presente aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe; depositando además la cantidad de 300 euros en la cuenta de este Juzgado, número 0493/0000/65/0197/14, y sin cuyos requisitos no podrá ser admitido el recurso.

 Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. FIRMADO Y RUBRICADO”.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PARK CONTROL 2000, SL., en ignorado paradero, expido el presente en IBIZA/EIVISSA, a dos de Octubre de dos mil catorce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL