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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 18569
Ejecución de Títulos Judiciales 229/2014

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  BEGOÑA MARÍ RUIZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 001 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER: 

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000229/2014 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª AHMED EL YEMLAHI contra la empresa PAYERAS PERROTE SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

SSª por ante mí el Secretario RESUELVE: 

Dispongo: declarar extinguida la relación laboral que unía a D/ña. AHMED EL YEMLAHI con la empresa PAYERAS PERROTE SL condenando a ésta a que abone a aquel/lla la/s cantidad/des siguientes:  

NOMBRE TRABAJADOR: AHMED EL YEMLAHYI 

INDEMNIZACIÓN:  9.196,79.-euros  

  • 1.165 días hasta febrero 2012
  • 255 días en 2012
  • 243 días en 2013 (de 3-3 a 31-10)
  • 221 días en 2014 (de 3-3 a 9-10 

SALARIOS: 2.123,17.-euros (correspondientes al periodo comprendido entre 3-3-2013 al 21-4-13) 

Adviértase al empresario condenado que deberá mantener en alta y con cotización a la Seguridad Social al trabajador hasta el día de la presente resolución.  

Notifíquese esta resolución a las partes. 

MODO DE IMPUGNARLA: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres DIAS hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 186 LJS de la LJS). 

Y para que sirva de notificación en legal forma a PAYERAS PERROTE SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Palma de Mallorca. 

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. 

En PALMA DE MALLORCA, a nueve de Octubre de dos mil catorce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL