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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.1 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 18541
Ejecución de títulos no judiciales 303/2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  BEGOÑA MARÍ RUIZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 001 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS NO JUDICIALES 0000303 /2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª ANTONIO LLOMPART DOMINGUEZ contra la empresa  BRAYCO BALEAR SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

- El embargo de bienes propiedad del ejecutado  BRAYCO BALEAR SL, hasta cubrir el importe de la suma reclamada por 24.124,57 euros de principal, más las cantidades de 2.412,45 y 2.412,45 euros de intereses y costas provisionalmente calculados y que se describen a continuación:

FINCA 19247 de Inca DATOS REGISTRALES: Tomo 4078 Libro 691 Folio 140 DESCRIPCIÓN: Local comercial en la planta baja, que tiene la forma de una L invertida del edificio señalado con los números ciento setenta y ocho, ciento ochenta y ciento ochenta y dos de la avenida de Alcudia y uno, tres, cinco y siete de la calle Buger, en esta ciudad de Inca con acceso por la avenida de Alcudia, con portal número siete. Tiene una superficie útil de ochenta y nueve metros treinta y cinco decímetros cuadrados, además de un altillo circundante, con una superficie útil de ciento cincuenta y siete metros dieciséis decímetros cuadrados, que da un total de doscientos cuarenta y seis metros cincuenta y un decímetros cuadrados de superficie útil. Linda: frente, con la avenida de Alcudia y también con el zaguán caja escalera de acceso a los pisos; derecha entrando, con zaguán y escalera y con el altillo del local número quince de orden, con caja escalera acceso a otros pisos y zaguán que arranca de la calle Búger y también colinda con el vial  o calle búfer; izquierda, con remanente del total edificio; fondo, no consta; parte inferior, la planta semisótano; y parte superior, la planta piso primero

- Librar mandamiento, por duplicado, para que se haga anotación preventiva del embargo trabado en estos autos, en INCA NÚMERO UNO, remitiéndose dicho mandamiento al Registro indicado, donde se extenderá el correspondiente asiento de presentación, quedando en suspenso la práctica de la anotación hasta que se presente el documento original en la forma prevista en la legislación hipotecaria.

- Asimismo, a los efectos previstos en los artículos 656 y siguientes de la LEC, expídase certificación acreditativa de los siguientes extremos:

1º.- La titularidad del dominio y demás derechos reales de los bienes gravados

2º.- Los derechos de cualquier naturaleza que existan sobre los bienes embargados, en especial, relación completa de las cargas inscritas que lo graven o, en su caso, que se halla libre de cargas.

Los posibles aumentos o reducciones en dichas cantidades se irán comunicando según se vayan produciendo.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

Y para que sirva de notificación en legal forma a  BRAYCO BALEAR SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Baleares.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a veintiuno de Octubre de dos mil catorce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL