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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 19110
Aprobación definitiva modificación Reglamento de la ORA

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Texto

Transcurrido el plazo de treinta días de la exposición pública de la modificación de la Ordenanza Municipal Reguladora del Servicio de Estacionamiento Regulado de Vehículos de Tracción Mecánica en la Vía Pública, sin que se haya presentado ninguna reclamación, se expone el texto íntegro de la mencionada modificación, a los efectos previstos en los artículos 103 y 113 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares:

Artículo 5. Forma de estacionamiento

6. El Ayuntamiento podrá determinar zonas debidamente señalizadas que, por sus especiales características, estén sujetas al estacionamiento regulado con la limitación horaria que previamente determine la Junta de Gobierno Local, en el mismo horario fijado en la presente ordenanza. Para facilitar el control por parte de los agentes de tránsito del tiempo máximo autorizado, en el momento de estacionar la persona conductora tendrá que dejar en el cuadro de mando, de forma que sea visible desde el exterior, un reloj de cartón o indicador horario que marque en un recuadro la hora y en otro el minuto de llegada.

Artículo 9. A efectos de la presente Ordenanza:

Son infracciones LEVES las conductas siguientes

2. Aparcar o estacionar sin colocar de forma visible en el interior del vehículo, el título habilitante en las zonas de estacionamiento regulado, o reloj o indicador horario donde conste la hora y minutos de llegada, en aquellas zonas sujetas al estacionamiento regulado con limitación horaria.

5. Excederse del tiempo máximo autorizado, en virtud del tiempo señalado en el reloj o indicador horario en aquellas zonas sujetas al estacionamiento regulado con limitación horaria.

 Son infracciones GRAVES las conductas siguientes:

6. Manipular o falsificar el título habilitante, reloj o indicador horario en aquellas zonas sujetas a estacionamiento regulado con limitación horaria.

7. Utilizar el título habilitante, reloj o indicador horario de forma fraudulenta.”

 

Eivissa, 29 de octubre de 2014

 

LA ALCALDESA,

Virginia Marí Rennesson