Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD
Núm. 19056
Notificación de la propuesta de resolución de expediente sancionador por la infracción de la normativa en materia de industria
De acuerdo con el artículo 59.5 y con el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y dado que se desconoce el domicilio actual de la persona interesada o no ha podido ser localizada, se le notifica mediante esta publicación las propuesta de resolución de expediente sancionador en materia de industria instruido por la Dirección General de Industria y Energía.
Nº de exp.: DGIE ID 8/2014
Infractor: DIE AUTOPROFIS LACKEREI SL
Normativa infringida: artículo. 31.2.l), de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria
Sanción: 4.000 €
La persona interesada dispone de un plazo de quince días hábiles para ejercer su derecho a realizar las alegaciones que crea convenientes y a la audiencia en el procedimiento, así como para proponer prueba, concretando los medios de que pretenda valerse, de acuerdo con el artículo 8.3 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora.
En el supuesto de no efectuarse alegaciones sobre el contenido de la propuesta de resolución en el plazo previsto, el procedimiento podrá ser considerado resolución siempre que contenga un pronunciamiento preciso sobre la responsabilidad imputada, de acuerdo con el artículo 8.4 del Decreto mencionado en el apartado anterior.
En cualquier momento anterior a la resolución, si la persona interesada reconoce su responsabilidad, se podrá resolver el procedimiento con la imposición, sin más trámite, de la sanción que sea procedente.
A efectos de consulta, el expediente se halla en la Consejería de Economía y Competitividad, Dirección General de Industria y Energía (c/ de El Bastió d’en Sanoguera, 2, 07002 Palma).
El órgano competente para resolver es el director general de Industria i Energía, según el Decreto 6/2013, de 2 de mayo, BOIB núm. 60, del Presidente de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y Resolución del consejero de Economía y Competitividad de delegación de competencias y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería, de 13 de mayo de 2013, BOIB núm. 70 de 18 de mayo.
Se ha nombrado instructor del procedimiento sancionador al señor Luis Fernando García Santos.
Palma, 20 de octubre de 2014
El director general de Industria y Energía
Jaime Ochogavía Colom