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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 18982
Resolución del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 27 de octubre de 2014 por la que se modifica la Resolución de 20 de junio de 2014 por la que se autoriza la modificación de las tarifas del servicio de transporte urbano de viajeros en taxi de Alcudia (Exp.: SGCAMAT 03/2014 SPTU)

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Texto

 Hechos

1. El 9 de mayo de 2014, el Ayuntamiento de Alcudia presentó a la Consejería de Economía y Competitividad certificación relativa a la modificación de las tarifas presentadas por los representantes de los taxistas de Alcudia.

2. El 28 de mayo de 2013, la Dirección General de Transportes emitió un informe técnico en el que se informa favorablemente sobre la modificación de tarifas urbanas de taxi aprobadas por el Ayuntamiento de Alcudia, con excepción de la propuesta de inclusión de una tarifa de recorrido mínimo de 3,00 euros, sobre la que se dictamina desfavorablemente, por los siguientes motivos:

El Ayuntamiento solicita la inclusión de una nueva tarifa mínima de 3,00 euros que incluya un recorrido de 761 metros (de día) o 680 metros (de noche o festivo). Esta tarifa mínima o precio mínimo implica que, independientemente del recorrido urbano que realice el taxi, se cobrará al viajero un mínimo de 3,00 euros. Se considera una subida no manifiesta de un 30,43% de la actual tarifa de bajada de bandera (2,30 euros). Respecto a esta nueva tarifa el estudio económico que acompaña la solicitud no justifica la aplicación de esta tarifa mínima. Además, no procede un incremento del 30,43% de la tarifa de bajada de bandera debido a que los costes anuales han variado respecto a 2003 en un porcentaje significativamente inferior. Por tanto, no se considera razonable la implantación de la tarifa mínima de 3,00 euros. 

3. La Comisión de Precios de las Illes Balears, en la sesión de día 29 de mayo de 2014, examinó el expediente y adoptó el siguiente Acuerdo:

Dictaminar favorablemente, por unanimidad de los asistentes, sobre la modificación de tarifes siguientes, del servicio de transporte urbano de viajeros con taxis, aprobadas por el Ayuntamiento de Alcudia en sesión plenaria de 28 de abril de 2014, con excepción de la propuesta de inclusión de una tarifa de recorrido mínimo de 3,00 euros, sobre la que se dictamina desfavorablemente: 

Tarifa 1: quilómetro recorrido en día laborable (6 – 21 horas)

      0,93 €

Tarifa 2: quilómetro recorrido en día festivo o noche (21 – 6 horas)

1,04 €

Bajada  de bandera

          2,30 €

Hora de espera

        16,50 €

Suplementos:

 

Radioteléfono

           1,10 €

Maletas

           0,50 €

Servicios 25 de diciembre y 1 de enero

           2,00 €

4. El día 20 de junio de 2014, el Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio resolvió autorizar, de acuerdo con el dictamen de la Comisión de Precios de las Illes Balears, las tarifas señaladas en el punto anterior solicitadas por el Ayuntamiento de Alcudia. Esta Resolución se publicó en el BOIB núm. 88, de 28 de junio de 2014.

5. El día 15 de julio de 2014, los representantes de la Asociación de Taxis de Alcudia y de Taxis Amics d’Alcúdia presentaron conjuntamente un recurso de reposición contra la citada Resolución.

En relación con el citado recurso, la Comisión de Precios de las Illes Balears en la sesión de 30 de julio de 2014 adoptó el Acuerdo siguiente:

En relación con el recurso de reposición interpuesto por D. Antonio Lucas Ramos y D. Juan Vera Rotger en representación de Asociación de Taxis Alcudia y Taxis Amics d’Alcúdia, respectivamente, en fecha 15 de julio de 2014 R.E. 31513 contra la Resolución de 20 de junio de 2014 del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio por la que se autoriza la modificación de las tarifas del servicio de transporte urbano de viajeros en taxi del municipio de Alcudia, se acepta por una parte la petición de modificación del horario de aplicación de la tarifa 2, que en días laborables (de lunes a viernes no festivos) pasa a ser de 21 horas a 7 horas, los sábados no festivos a partir de las 14 horas y los domingos y festivos las 24 horas, y por otra parte, se acepta parcialmente la petición de inclusión de un precio o tarifa mínima, que será de 3, 00 euros, en el sentido que el Ayuntamiento de Alcudia ha declarado que el precio mínimo adoptado en su Pleno de 28 de abril de 2014 es de 3,00 euros en lugar de los 3,10 euros solicitados.

6. En atención de este dictamen, el Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio en fecha 2 de septiembre de 2014, resolvió:

1. Estimar parcialmente el recurso potestativo de reposición interpuesto conjuntamente en fecha 15 de julio de 2014 por el Sr. Antonio Lucas Ramos, en representación de la ASOCIACIÓN TAXIS ALCUDIA, y por el Sr. Juan Vera Rotger, en representación de TAXIS AMICS D’ALCÚDIA, contra la Resolución del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de fecha 20 de junio de 2014, por la que se autoriza la modificación de las tarifas del servicio de transportes urbanos de viajeros en taxi de Alcudia, publicada en el BOIB núm. 88, de 28 de junio de 2014, en sentido de modificar el horario de aplicación de la tarifa 2, que en días laborables (de lunes a viernes) pasa a ser de 21 horas a 7 horas, los sábados no festivos a partir de las 14 horas y los domingos y festivos las 24 horas; así como fijar un precio o tarifa mínima de 3,00 euros.

2. Notificar esta Resolución a los interesados.

7. Como consecuencia de la estimación parcial del recurso potestativo de reposición, corresponde modificar la Resolución de 20 de junio de 2014 por la que se autoriza la modificación de las tarifas del servicio de transporte urbano de viajeros en taxi de Alcudia (Exp. SGCAMAT 03/2014 SPTU)

Fundamentos de derecho

1. El Real Decreto 2226/1977, de 27 de agosto, sobre autorizaciones de aumento de tarifas de servicios de competencia local (BOE núm. 207, de 30 de agosto).

2. La Orden Ministerial de 30 de septiembre de 1977, sobre tramitación de expedientes de modificación de tarifes de los servicios de competencia local (BOE núm. 241, de 8 de octubre).

3. El Real Decreto 2695/1977, de 28 de octubre, sobre normativa en materia de precios (BOE núm. 260, de 31 de octubre).

4. El Real Decreto Ley 7/1996, de 7 de junio sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento y  liberalización de la actividad económica (BOE núm. 139, de 8 de junio).

5. Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el que  se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 60, de 2 de mayo de 2013).

 6. El Decreto 30/2013, de 14 de junio, por el que se crea la Comisión de Precios del Agua y los Transportes Urbanos y se regula la composición y el funcionamiento (BOIB núm. 85, de 15 de junio de 2013).

Por todo ello, dicto la siguiente

Propuesta de resolución

Propongo al Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio que dicte una resolución en los siguientes términos:

1. Modificar la Resolución de 20 de junio de 2014 por la que se autorizan las tarifas del servicio de transporte urbano de viajeros en taxi de Alcudia, publicada en el BOIB núm. 88, de 28 de junio, en los términos siguientes:

a) Modificar el horario de aplicación de la tarifa 2, en el sentido siguiente:

- Días laborables (de lunes a viernes): de 21 horas a 7 horas

- Sábados no festivos: a partir de las 14 horas

- Domingos y festivos: las 24 horas

b) Incluir un precio o tarifa mínima de 3,00 euros.

2. Declarar expresamente vigentes y plenamente aplicables el resto de tarifas aprobadas mediante la Resolución de 20 de junio de 2014, no afectadas por la Resolución de 2 de septiembre de 2014 por la que se estima parcialmente el recurso potestativo de reposición.

3. Notificar esta Resolución a la entidad interesada y publicarla en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

4. Ordenar que esta Resolución entre en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recuso de reposición ante el Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y  Territorio en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

 

Palma, 27 de octubre de 2014

La Secretaria General
Ana Martínez Cañellas  

Conforme con la propuesta. Dicto Resolución.
El Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio
Gabriel Company Bauzá