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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 17460
Sanidad.- OMUNE.- Expediente 115E/2014.- Notificación de condonación de la sanción

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por no haberse podido realizar la preceptiva notificación en el domicilio que consta en los expedientes relacionados, no haber contestado a los avisos dejados, y no tener conocimiento de otro donde realizarlas, por el presente Edicto se comunica que en relación a los expedientes sancionadores que se instruyen en el Área de Medio Ambiente de la Secretaría General de este Excmo. Ayuntamiento, como consecuencia de la denuncia formulada por la Inspección Municipal correspondiente por infracción de la de la Ordenanza municipal de limpieza, desechos y residuos sólidos urbanos (BOIB núm. 78 de 03-06-04).

Visto que los siguientes infractores solicitaron la condonación de la sanción correspondiente, mediante actividades sustitutivas establecidas en el decreto alcaldía 12509 de 14-09-2005; y visto que mediante decreto de alcaldia se accedió a la solicitud presentada.  La Junta de Gobierno, y por delegación de esta el día 21-12-2011 y 01-02-2012 (BOIB núm. 28 21-02-2012), la regidoria del area de Medio Ambiente; impone las siguientes sanciones económicas con la correspondiente condonación a las siguientes personas:

  • Exp. 115E/2014 Awa Ouattara; X9998657M; art. 22 i 44.1; 60 €

Se otorga un plazo de quince diías para realizar la inscripción en la escuela municipal de formación para la acción formativa; que se realizará en el plazo de cuatro meses a contar desde el día siguiente a la notificación por edicto de esta resolución.   Transcurridos los plazos anteriores sin que se haya acreditado la inscripción y la asistencia a las acciones formativas, o en caso de incumplimiento o desistimiento, sera efectiva la sanción económica.

La inscripción a la Escola municipal de Formació se debe realizar en un plazo de 15 días, y la acción formativa debe realizarse en el plazo de cuatro meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución. Transcurridos los plazos anteriores, o en caso de incumplimiento o desistimiento sera efectiva la sanción económica

Lo que le comunico para su conocimiento y efectos. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada al mismo por la Ley 4/99, de 13 de enero. El plazo para interponerlo es de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente Edicto, no pudiendo, en este caso, interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición potestativo deberá presentarlo en el Registro General de este Excmo. Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificada la resolución en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su interposición, quedando en este caso expedita la vía contencioso-administrativa.

De no utilizar el recurso potestativo de reposición, cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el artículo anteriormente citado, y en los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente Edicto.

Ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se estime pertinente.

La interposición de recursos no paraliza la vía de apremio, salvo que se garantice el pago de la multa.

Se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    Palma de Mallorca, 30 de septiembre de 2014

 

La jefa de departamento

Rosa LLinàs Bosch