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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES

Núm. 18958
Resolución de la Consejera de Educación, Cultura y Universidades de 10 de octubre de 2014, por la cual se autoriza la implantación de las especialidades de trompa, percusión y trombón a las enseñanzas elementales y profesionales de música en el Conservatorio Profesional de Música y Danza de Eivissa y Formentera Catalina Bufí

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Texto

Hechos

1.El Decreto 101/2000, de 30 de junio (BOIB núm. 85, de 11 de julio), creó el Conservatorio Profesional de Música y Danza de Eivissa y Formentera con la siguiente configuración:

Enseñanzas elementales y profesionales de música

Especialidades: Clarinete, Contrabajo, Flauta travesera, Guitarra, Piano, Trompeta Viola, Violín, Violonchelo y Saxofón

2. El director del Conservatorio Profesional de Música y Danza de Eivissa y Formentera envió a la dirección general de Planificación, Inspección e Infraestructuras Educativas la solicitud de autorización de nuevas especialidades instrumentales, en concreto, trompa, percusión y trombón, en su conservatorio.

3. Durante el curso 2011-12 se implantaron las especialidades de trompa i percusión para atender las necesidades del alumnado de las islas de Eivissa y Formentera. Así mismo, en el curso 2012-13 se implantó la especialidad de trombón. Desde la Dirección General de Planificación e Infraestructuras Educativas se ha detectado que estos enseñamientos no fueron autorizados en su momento y, por tanto, se ha de corregir esta situación.

4. Con fecha 19 de marzo de 2013, el Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial emitió un informe favorable per la implantación de estas especialidades instrumentales en el Conservatorio Profesional de Música y Danza de Eivissa y Formentera para ir completando la oferta formativa y por la demanda social hacia estas especialidades.

Fundamentos de derecho

1. Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo (BOE del 9 de abril), por el cual se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas artísticas que regula la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

2. Real Decreto 1577/2006, de 22 de diciembre (BOE del 20 de enero de 2007), por el cual se fijan los aspectos básicos del currículum de las enseñanzas profesionales de música reguladas por la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

3. Decreto 23/2011, de 1 de abril (BOIB del 2 de junio), por el cual se establece la ordenación y el currículum de las enseñanzas elementales de música reguladas por la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

4. Decreto 53/2011, de 20 de mayo (BOIB del 2 de junio), de currículum de las enseñanzas profesionales de música.

Por todo eso, y a propuesta de la Dirección General de Planificación e Infraestructuras Educativas, dicto la siguiente

 

Resolución

1. Autorizar las especialidades de trompa y percusión, desde el curso 2011-12, y la especialidad de trombón, desde el curso 2012-13 en el Conservatorio Profesional de Música y Danza de Eivissa y Formentera Catalina Bufí.

2. Como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la manera siguiente:

 

 

Código de centro: 07008648

Denominación genérica: Conservatorio Profesional de Música y Danza

Denominación específica: Conservatorio Profesional de Música y Danza de Eivissa y Formentera Catalina Bufí

Domicilio: Avda. de España, nº. 15

Localidad: Eivissa

Municipio: Eivissa

CP: 07800

Enseñanzas autorizadas:

Enseñanzas elementales y profesionales de música

Especialidades: Clarinete, Contrabajo, Flauta travesera, Guitarra, Piano, Trompeta Viola, Violín, Violonchelo, Saxofón, Trompa, Percusión y Trombón.

3. Notificar este cambio a la dirección del Conservatorio Profesional de Música y Danza de Eivissa y Formentera Catalina Bufí, para que tenga conocimiento a los efectos adecuados.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución -que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Universidades en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

Palma, 10 de octubre de 2014

 

La consejera de Educación, Cultura y Universidades

Maria Núria Riera Martos