Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SÓLLER

Núm. 18930
Notificación resolución expediente sancionador por infracciones urbanísticas. Exp. núm. 31/AG/12

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por no haberse podido efectuar la notificación en el domicilio que figura en el expediente 31/AG/12, se pone en conocimiento de la Sra. Margaret Koch Ludwig la comunicación de fecha 16 de junio  de 2014, a la que se adjuntaba la resolución que a continuación se transcribe:

DECRETO núm. 374 de dieciséis de junio de 2014

Visto el expediente  sancionador  31/AG/2012, incoado a la Sra. Margaret Koch Ludwig por instalación de elemento prefabricado tipo roulotte  , en el  Polígono 1 Parcela 269  de Sóller.

Visto  que por resolución de Alcaldia  núm. 341 de fecha  diez  de abril de 2012, se inició el procedimiento  sancionador para poder determinar la posible responsabilidad  administrativa  en que hubiera podido incurrir  por los hechos mencionados..

Visto que no ha habido recusación al nombramiento del Instructor y Secretario.

Visto  que en fecha veintiuno de mayo de 2012, la Sra. Koch Ludwig presentó  un escrito de alegaciones ,  y vistos los  informes emitidos  al respecto por los Servicios Técnicos en fecha 24 de mayo  de 2012,  y de los Servicios Jurídicos en fecha  25 de mayo  de 2012.

De acuerdo con  los  informes emitidos   por los  Servicios Técnicos y  Jurídicos de data  veintitrés de marzo  de 2012, las obras realizadas no se han legalizado dentro del plazo.

Los hechos podrían ser constitutivos  de la infracción grave  tipificada  en los artículos 27.1.b) y 28 de la Ley  10/1990, de 23 de octubre , de Disciplina Urbanística de la CAIB.

Este  elemento prefabricado está valorado  en tres mil euros (3.000 €), puede  dar lugar  a una sanción de entre el 50% y el 100% de su  valor, como señala el artículo  47 de la Ley  10/1990 y la sanción propuesta es del 50% , es decir mil quinientos euros (1.500 €).

Visto que el órgano  competente para  la resolución del procedimiento  según  disponen los  artículos 10 del RPS, artículo  35 de la Ley  10/1990 de Disciplina Urbanística de la CAIB y el artículo 41.23 del Reglamento de Organización  Funcionamiento  y  Régimen  Jurídico de las Corporaciones Locales  y 21.1, k) de la Ley  7/1985, de 2 de abril, Reguladora de la Bases del Régimen Local (LBRL),es  el Alcalde,  esta Alcaldía por Decreto núm. 374/14   , RESUELVE:

CONSIDERAR la  PROPUESTA DE RESOLUCIÓN  del Instructor del expediente  como   RESOLUCIÓN  DEFINITIVA, de acuerdo con  la documentación y  informes  adjuntos al expediente, por  instalación de elemento prefabricado tipo roulotte  en el Polígono 1 Parcela 269  de Sóller.

  IMPONER a la Sra. Renate Margarete Koch Ludwig  autora de la infracción administrativa grave , tipificada en el artículo   28 de la Ley 10/1990,   la sanción de mil quinientos euros  (1.500 €)

La presente posa fin a la vía administrativa. Contra ella se puede  interponer recurso contencioso administrativo,ante la sección correspondiente  de la Sala  contenciosa  del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses , contados  desde el día en que tenga lugar  la notificación  de  esta resolución.

Se podrá interponer   cualquier  otro  que estime procedente.

En cumplimiento  del artículo  19.2 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, se le indica el momento y  la manera de hacer  efectiva la sanción, con el plazo de ingreso  voluntario y  la cantidad  de los recargos  aplicables por  demora:

Plazos voluntarios de pago:

1) Si la firmeza  ha acontecido  por el  transcurso del plazo  de un mes sin  que se haya  presentado el recurso de reposición contra la presente resolución:

a) Cuando la finalización  del plazo acontezca  entre los días  1 y  15 de cada mes, des de la fecha  de finalización  hasta el día  20 del mes posterior o el inmediato  hábil siguiente .

b) Cuando la finalización del plazo acontezca entre los días 16 y  último de cada mes, des de la fecha de finalización hasta  el día 5 del segundo mes posterior o el inmediato  hábil siguiente.

3) Si la firmeza  ha acontecido  por la resolución desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la presente resolución.

a) Las notificadas entre los  días 1 y  15 de cada mes, des de la fecha de recepción de la notificación  hasta  el  día 20 del mes posterior o el inmediato  hábil siguiente.

b) Las notificadas entre los  días 16 y  último de cada mes, des de la fecha  de la notificación hasta  el día 5 del segundo mes posterior o el inmediato  hábil siguiente .

Transcurrido el último  día del plazo  de ingreso, se iniciará  el período ejecutivo, hecho  que determinará la exigencia del recargo  correspondiente  y, si corresponde, de los intereses de demora y de las costas que se produzcan.

 

Sóller, 21 de julio  de 2014

El Alcalde Accidental,
Gabriel Darder Matas