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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS

Núm. 18823
Resolución del Consejero de Hacienda y Presupuestos de 20 de octubre de 2014 por la que se autoriza la concertación de un contrato de comodato para la renovación del depósito de la obra Retrato de Eulàlia Poly i Taltavull, del pintor menorquín Pasqual Calbó, para que continúe depositada en el Museo de Menorca (exp. SENDE 4522/2014)

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Texto

Hechos

1. El 30 de setiembre de 2014 entró en el registro de la Consejería de Hacienda y Presupuestos (con núm. 11067/2014) un oficio del Secretario Autonómico de Educación, Cultura y Universidades al que se adjuntaba la documentación relativa al expediente de renovación del contrato de depósito de una obra del pintor Pasqual Calbó, que está depositada en el Museo de Menorca desde el año 2004, con la finalidad de que la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio lo tramitase. 

2. El 28 de julio de 2014, Don Enrique Morales Seguí (DNI 37046649-C), mediante un escrito presentado al Museo de Menorca, con núm. de registre de entrada 134, manifestó su interés por renovar el depósito del cuadro de su propiedad, que está expuesto en la sala del siglo xviii, y mantenerlo en el Museo de Menorca. La obra tiene las características siguientes: 

Retrato de Eulàlia Poly i Taltavull

Pasqual Calbó

Óleo sobre tela

182 x 93 cm

1780-1785

14.000 €

Núm. de inventario del Museo de Menorca: E2086 

3. Pasqual Calbó i Caldés (Maó, 1752-1817) es el pintor más importante de la pintura neoclásica menorquina y ejemplo del hombre formado en la filosofía ilustrada. Por otra parte, fue el único pintor nacido en Menorca que hizo un viaje de formación en la cultura europea del siglo xviii. También tuvo un gesto de amplio alcance al recoger los diferentes tratados científicos del momento, junto con ideas propias, en una obra manuscrita en catalán.  

4. Su producción pictórica abarca diferentes temas y técnicas: esbozos a lápiz y tinta de personajes menorquines; escenas costumbristas a la acuarela y al óleo; retrato familiar y oficial al óleo y al pastel; pintura religiosa, y, para finalizar, la pintura decorativa de algunos techos de casas señoriales de Maó.  

5. El 8 de agosto de 2014, la Técnica de Arte del Museo de Menorca emitió un informe de valoración del cuadro, en el que consta que está valorado en catorce mil euros (14.000 €) y considera adecuado mantener la obra en el centro porque forma parte de un conjunto de diecinueve obras del pintor Pasqual Calbó, algunas en propiedad y otras en depósito. Además, forma pareja con otro cuadro depositado en el centro que corresponde a su esposo, Llorenç Poly. Esta obra es la única del Museo de cuerpo entero del siglo xviii en la cual se pueden observar todas las partes y elementos de la indumentaria característica de la mujer menorquina de posición acomodada, descritas por el escritor Joan Ramis i Ramis.

6. El 11 de agosto de 2014, el Conservador Director del Museo de Menorca emitió un informe sobre el estado de conservación del cuadro, en el que consta que el estado de conservación de esta obra (cuadro y marco) es bueno y no se observa de visu alteración física, química ni biológica alguna. 

7. El 15 de setiembre de 2014, el Secretario General de la Consejería de Educación Cultura y Universidades emitió un informe explicativo sobre la oportunidad y el interés de concertar un contrato de comodato del mencionado cuadro. 

8. El 17 de setiembre de 2014, la Consejera de Educación Cultura y Universidades propuso al Consejero de Hacienda y Presupuestos que ordenase el inicio del expediente para la concertación del contrato de comodato del mencionado cuadro. 

9. El 13 de octubre de 2014, el Consejero de Hacienda y Presupuestos, a propuesta del Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, dictó la Resolución de inicio del expediente.

10. Además, hay que considerar el resto de documentación que consta en el expediente núm. 230/2014, tramitado por el Servicio de Patrimonio de la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio. 

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 3.1 y 87 k de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 49, de 24 de abril) y el resto de disposiciones aplicables concordantes.

2. El artículo 1768 del Código Civil, en conexión con los artículos 1740-1752 y los concordantes de la misma norma.

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril). 

4. El artículo 6 de la Ley 3/2011, de 25 de marzo, de delegación de competencias al Consejo Insular de Menorca de las facultades que, como administración gestora, ejerce ahora la Administración de la CAIB en relación con el Museo de Menorca y la Biblioteca Pública y el Archivo Histórico de Maó, instituciones culturales de titularidad estatal (BOIB núm. 48, de 2 de abril). 

5. Decreto 5/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 60, de 2 de mayo). 

6. Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 60, de 2 de mayo). 

7. Decreto 7/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 60, de 2 de mayo).

8. Decreto 15/2013, de 7 de junio, del Presidente de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 82, de 8 de junio).

9. Decreto 35/2013, de 21 de junio, por el que se dispone el nombramiento del Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Presupuestos del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 88, de 22 de junio).

Propuesta de resolución  

Propongo al Consejero de Hacienda y Presupuestos que dicte una resolución en los términos siguientes: 

1. Autorizar la concertación de un contrato de comodato entre Don Enrique Morales Seguí, con DNI 37046649-C, y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para la renovación del depósito de una obra del pintor Pasqual Calbó, para que continúe depositada en el Museo de Menorca, de conformidad con el contrato de comodato que, a este efecto, subscriban las partes. La obra tiene las características siguientes:

Retrato de Eulàlia Poly i Taltavull

Pasqual Calbó (Maó, 1752-1817)

Óleo sobre tela

182 x 93 cm

1780-1785

14.000 €

Núm. de inventario del Museo de Menorca: E2086

Núm. de inventario CAIB: 100000012893 

2. Disponer que el comodato tenga una duración de diez años a contar desde el día siguiente de haberse firmado el contrato, prorrogable de manera tácita por anualidades sucesivas hasta un máximo de veinte años (incluida la duración del contrato y las prórrogas), si ninguna de las partes lo denuncia con una antelación mínima de tres meses antes del vencimiento de la vigencia del contrato o de cualquiera de las prórrogas.

3. Condicionar la eficacia de esta autorización a la tramitación y la firma de todos  los documentos necesarios para formalizar el contrato comodato con la finalidad y las condiciones que se han expuesto.  

4. Notificar esta Resolución a Don Enrique Morales Seguí, a la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, al Consejo Insular de Menorca y al Museo de Menorca, para su conocimiento, a los efectos pertinentes.

5. Anotar la cesión derivada del contrato comodato en el Inventario General de Bienes y Derechos de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

6. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.  

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Hacienda y Presupuestos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. 

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haberse publicado la Resolución, de acuerdo con los artículos 10.1 a y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma de Mallorca, 20 de octubre de 2014  

El Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio
Miguel Miralles Sastre

Conforme con la propuesta. Dicto resolución.
El Consejero de Hacienda y Presupuestos
José Vicente Marí Bosó