Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 10 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 18289
Juicio de Faltas nº 480/2013
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a JUAN MONTORO la sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
“SENTENCIA 360/13
En PALMA DE MALLORCA a dos de Julio de dos mil trece.
D./Dña. MARIA DEL CARMEN ABRINES MARTI, MAGISTRADO de Instrucción núm. Diez, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa JUICIO DE FALTAS 0000480/2013, seguida por una falta de FALTA DE LESIONES contra JUAN MONTORO MURILLO habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal y
FALLO
QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a JUAN MONTORO MURILLO, como autor responsable de una falta de LESIONES a la pena de un mes multa a razón de cuatro euros diarios con un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarios impagadas y a que indemnice en concepto de responsabilidad civil al representante del menor Francisco Pina en la cantidad de 60 euros y al pago de las costas.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Iltma. Audiencia Provincial de ILLES BALEARS en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación.”
Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
En PALMA DE MALLORCA a 2 de Octubre de 2014.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL