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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA

Núm. 18488
Ejecución de títulos judiciales 127/2014

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dª TERESA MARIA BALLESTER MANRESA, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº1 de EIVISSA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000127 /2014 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª CARLOS MARQUEZ GRANT contra la empresa OCEAN SKY JET CENTRE, SLU, sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

AUTO 15/10/14

Dispongo: Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante CARLOS MARQUEZ GRANT frente a  OCEAN SKYJET CENTER, SLU, parte ejecutada.

DILIGENCIA 15/10/14

Habiendo presentado el/los trabajador/es CARLOS MARQUEZ GRANT exigiendo el cumplimiento por el empresario  OCEAN SKYJET CENTER, SLU de la obligación de readmisión, y habiéndose despachado auto de ejecución de SENTENCIA, de conformidad al art.280 de la LJS, acuerdo:

Citar de comparecencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial con las advertencias legales y haciéndoles saber que deben asistir con los medios de prueba de que intenten valerse, y  y fijo el próximo día 6/11/2014 a las 09:30 horas para la celebración de la comparecencia

De no asistir el/los trabajador/es o persona que le/s represente se le/s tendrá por desistido/s en su solicitud; si no lo hiciese el empresario o su representante se celebrará el acto sin su presencia. Asimismo, acuerdo la citación del-de los demandado-s por medio de edictos.

Y para que sirva de notificación en legal forma a  OCEAN SKYJET CENTER, SLU, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En IBIZA/EIVISSA, a quince de Octubre de dos mil catorce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL