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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE ES MERCADAL

Núm. 18596
Aprobación definitiva del expediente de modificación presupuestaria 11/2014

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Texto

Francesc X. Ametller Pons, Alcalde del Excmo. Ayuntamiento des Mercadal hace saber que contra el acuerdo adoptado en sesión plenaria ordinaria celebrada el día 24 de Septiembre de 2014, relativa a la aprobación del expediente de modificación presupuestaria número 11/2014; mediante suplemento de crédito y crédito extraordinario con cargo a baja de credito de otras aplicaciones de gasto y transferencias internas, no se han presentado alegaciones, por lo cual se considera definitivamente aprobada. A continuación, de acuerdo con el que dispone el Real decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, reguladora de las Haciendas Locales, se transcribe la modificación presupuestaría según el desglose siguiente:

1.- CRÉDITO EXTRAORDINARIO

a) Aplicaciones a la baja:

Org

Prog

Econ

Descripción

Importe

90

920

63200

ADQUSICIÓN ELEMENTOS DIVERSOS

1.800,00

90

920

22706

ESTUDIOS Y TRABAJOS TECNICOS

3.000,00

TOTAL

4.800,00

b) Aplicaciones al alza:

Org

Prog

Econ

Descripción

Importe

60

155

60960

PROYECTO DE APARCAMIENTO EN FARO DE CAVALLERIA

3.000,00

60

314

62400

ADQUISICIÓN EMBARCACIÓN SERVICIO SOCORRISMO

800,00

TOTAL

4.800,00

2.- SUPLEMENTO DE CRÉDITO

a) Aplicaciones a la baja:

Org

Prog

Econ

Descripción

Importe

90

011

31000

INTERESES PRESTAMOS A CORTO PLAZO

15.650,00

TOTAL

15.650,00

b) Aplicaciones al alza:

Org

Prog

Econ

Descripción

Importe

90

241

22606

CURSOS DE FORMACIÓN PARA DESEMPLEADOS

1.100,0

90

241

48100

BECAS FORMATIVA

6.050,00

45

342

22100

SUM. ENERGIA ELECTRICA INSTALACIONS DEPORTIVAS

1.000,00

40

334

62285

ESPACIO EXPOSITIVO FARO DE CAVALLERIA

7.500,00

TOTAL

15.650,00

Contra la aprobación definitiva del expediente de modificación presupuestaria núm. 11/2014, se podrán interponer los siguientes recursos:

a) Directamente recurso contencioso y administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de la publicación de este acuerdo, ante la Sala Contenciosa y administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares.

b) No obstante, se puede ejercitar cualquiera otro recurso que se considere pertinente.

 

 Es Mercadal, a 23 de Octubre de 2014

 

El Alcalde ,

Francesc X. Ametller Pons