Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA
Núm. 18499
Aprobación definitiva expediente modificación de crédito núm. 9/14
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1, por remisión del 177.2 del RD Leg. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial adoptado el día 25 de Septiembre de 2014, sobre el expediente de modificación de créditos núm. 9/2014, de créditos extraordinarios, financiado mediante anulaciones o bajas de crédito de otras partidas del presupuesto vigente no comprometidas, que se hace público resumido por capítulos:
ALTAS EN APLICACIONES DE GASTOS. CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS |
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CAPÍTULO |
DENOMINACION |
IMPORTE |
6 |
INVERSIONES REALES |
169.843,57 |
Esta modificación se financia mediante anulaciones o bajas de créditos de otras partidas del presupuesto vigente no comprometidas, en los siguientes términos:
BAJAS EN APLICACIONES DE GASTOS |
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CAPÍTULO |
DENOMINACIÓN |
IMPORTE |
6 |
INVERSIONES REALES |
169.843,57 |
Contra este acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el art. 171 del RD Leg. 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Sin perjuicio de lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el art. 171.3 del RD Leg. 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de este recurso no suspenderá por si misma la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Sant Josep de sa Talaia, a 21 de octubre de 2014.
LA ALCALDESA,
M. Nieves Marí Marí.