Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE ANDRATX
Núm. 18373
Decreto de Alcaldía núm. 2548/2014, relación de bienes a ocupar
‘Se hace público que por Decreto de Alcaldía núm. 2548/2014, se ha resuelto:
1) Aprobar la siguiente relación concreta e individualizada de los bienes a ocupar:
Propietarios:
Sr. Onofre Alemany Coll, con una participación en el pleno dominio del 49’94%.
Sra. Catalina Alemany Massot, con una participación en el pleno dominio del 22’56%.
Sra. Maria Alemany Massot, con una participación en el pleno dominio del 22’50%.
Sra. María de Pilar Gordon José, con una participación en el pleno dominio del 5%.
Titulares otros derechos reales:
Servidumbre de paso a favor de las fincas 11837, 11838 y 11839, propiedad de la Sra. Catalina Palmer Pujol.
Descripción de la finca:
Parte de la parcela 321 del polígono 2 del término municipal de Andratx, con referencia catastral 07005A002003210001TJ. En concreto, se trata de la subparcela a) de esta referencia catastral, con una superficie, según Catastro, de 2.187 m2. Se trata de una parte de la finca registral núm. 10186, inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 10 de Palma, en el folio 125 del tomo 5278 del libro 397 de Andratx. La finca objeto de expropiación linda, según la información registral: al norte, con la parcela 323 del polígono 2; al sur, en parte con la carretera de S’Arracó a Andratx y en parte con la finca registral núm. 27.972; al oeste, con la finca registral 27.972; y al este, con el resto de la finca registral 10186 (subparcelas b) y c) de la finca catastral 07005A002003210001TJ).
2) Publicar esta resolución, abriendo información pública durante un plazo de 20 días, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, al Boletín Oficial de las Islas Baleares y en uno de los diarios de mayor circulación de la isla, porque los titulares de bienes y derechos afectados puedan aportar por escrito los datos que permitan la rectificación de los posibles errores que se estimen en la relación publicada u oponerse a la ocupación o disposición de los bienes y derechos por motivos de forma o fondo, que tienen que fundamentar y motivar. A los efectos de la enmienda de errores en la descripción material y legal de los bienes, cualquier persona natural o jurídica podrá comparecer alegando los antecedentes o referencias que estime pertinentes’.
Andratx, 20 de octubre de 2014
El Alcalde
Llorenç Suau Simo.