Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE MAÓ
Núm. 18353
Resolución de la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro, para actividades culturales relacionadas con las artes, las ciencias y las letras, así como de las actividades socioculturales propias de la ciudad
Resolución de las solicitudes presentadas a la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de actividades de fomento de cualquier actividad cultural relacionada con las artes, las ciencias y las letras, así como de las actividades socioculturales propias de la ciudad (Exp. SP2414CU0025)
La Junta de Gobierno Local, en sesión realizada el día 29 de septiembre de 2014, adoptó el siguiente acuerdo:
PRIMERO. Aprobar la relación de ayudas que figuran a continuación, relativas a las entidades y por los importes que se indican, en relación con la convocatoria referida al inicio:
COLLA DE GEGANTERS DE MAÓ |
1.897,12 |
ORFEÓN MAHONÉS |
4.387,10 |
GRUP FILHARMÒNIC ATENEU DE MAÓ |
1.280,50 |
GRUP DE PESSEBRISTES DE MAÓ |
500,00 |
ATENEU CIENTÍFIC, LITERARI I ARTÍSTIC DE MAÓ |
4.481,95 |
ASSOCIACIÓ CULTURAL ES BASTIÓ DE S'ILLA |
1.138,30 |
CORAL SANT ANTONI DE MAÓ |
752,00 |
JOVENTUTS MUSICALS DE MAÓ |
4.149,95 |
AGRUPACIÓ FOLKLÒRICA ES REBOST DE MENORCA |
1.304,25 |
ASSOCIACIÓ SOCA DE MOTS |
829,99 |
CASA DE ANDALUCÍA DE MENORCA |
829,99 |
COLLA D'AMICS GEGANTERS DEL GEGANTS DE LLUCMAÇANES |
948,60 |
SEGUNDO. Notificar el anterior acuerdo a las entidades referidas.
De conformidad con las bases de la convocatoria publicadas en el BOIB núm. 81, del 14 de junio de 2014, las subvenciones concedidas serán a cargo de la partida presupuestaria y con el importe máximo que se indica a continuación:
Partida: SG10 9120 4800111
Cantidad máxima: 22.500,00 euros
Contra la aludida resolución se podrá interponer el recurso contencioso administrativo señalado en el artículo 46 de la Ley 29/98, de la jurisdicción contenciosa administrativa, en el termino de dos meses a partir del día siguiente de la publicación del presente acuerdo en el BOIB, a no ser que se presente el recurso previo potestativo de reposición del articulo 116 de la Ley 30/92, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/99, en el termino de un mes a contar del día siguiente de la presente publicación; no obstante, podrán utilizarse otros recursos, si se considera procedente.
Mahón, 15 de octubre de 2014
La alcaldesa;
Águeda Reynés Calvache