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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MAÓ

Núm. 18353
Resolución de la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro, para actividades culturales relacionadas con las artes, las ciencias y las letras, así como de las actividades socioculturales propias de la ciudad

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Texto

Resolución de las solicitudes presentadas a la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de actividades de fomento de cualquier actividad cultural relacionada con las artes, las ciencias y las letras, así como de las actividades socioculturales propias de la ciudad (Exp. SP2414CU0025)

La Junta de Gobierno Local, en sesión realizada el día 29 de septiembre de 2014, adoptó el siguiente acuerdo:

PRIMERO. Aprobar la relación de ayudas que figuran a continuación, relativas a las entidades y por los importes que se indican, en relación con la convocatoria referida al inicio:

COLLA DE GEGANTERS DE MAÓ

1.897,12

ORFEÓN MAHONÉS

4.387,10

GRUP FILHARMÒNIC ATENEU DE MAÓ

1.280,50

GRUP DE PESSEBRISTES DE MAÓ

500,00

ATENEU CIENTÍFIC, LITERARI I ARTÍSTIC DE MAÓ

4.481,95

ASSOCIACIÓ CULTURAL ES BASTIÓ DE S'ILLA

1.138,30

CORAL SANT ANTONI DE MAÓ

752,00

JOVENTUTS MUSICALS DE MAÓ

4.149,95

AGRUPACIÓ FOLKLÒRICA ES REBOST DE MENORCA

1.304,25

ASSOCIACIÓ SOCA DE MOTS

829,99

CASA DE ANDALUCÍA DE MENORCA

829,99

COLLA D'AMICS GEGANTERS DEL GEGANTS DE LLUCMAÇANES

948,60

SEGUNDO. Notificar el anterior acuerdo a las entidades referidas.

De conformidad con las bases de la convocatoria publicadas en el  BOIB núm. 81, del 14 de junio de 2014, las subvenciones concedidas serán a cargo de la partida presupuestaria y con el importe máximo que se indica a continuación:

Partida: SG10 9120 4800111

Cantidad máxima: 22.500,00 euros

Contra la aludida resolución se podrá interponer el recurso contencioso administrativo señalado en el artículo 46 de la Ley 29/98, de la jurisdicción contenciosa administrativa, en el termino de dos meses a partir del día siguiente de la publicación del presente acuerdo en el BOIB,  a no ser que se presente el recurso previo potestativo de reposición del articulo 116 de la Ley 30/92, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/99, en el termino de un mes a contar del día siguiente de la presente publicación; no obstante, podrán utilizarse otros recursos, si se considera procedente.

Mahón, 15 de octubre de 2014

La alcaldesa;

Águeda Reynés Calvache