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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 18337
Publicación de la Notificación de deficiencias advertidas en la solicitud de ayuda del expediente 399/2011, en relación a la línea de ayudas destinadas a compensar las dificultades en zonas diferentes a las de montaña de las Islas Baleares, correspondientes al año 2.011

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Texto

Publicación de la Notificación de deficiencias advertidas en la solicitud de ayuda del expediente 399/2011,  el titular del cual es  (datos personales ocultos),  en relación a la línea de ayudas  destinadas a compensar las dificultades en zonas diferentes a las de montaña de las Islas Baleares, correspondientes al año 2.011. 

De acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, ya que no se ha podido localizar al interesado, mediante este anuncio se notifica a (datos personales ocultos), en relación al expediente 399/2011 de la línea de ayudas  destinadas a compensar las dificultades en zonas diferentes a las de montaña de las Islas Baleares, correspondientes al año 2.011, la siguiente Notificación de deficiencias advertidas en la solicitud de ayuda  firmada con fecha 7 de abril de 2.014 por el Jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA, 

“Programa de Desarrollo Rural 2007-2013

Eje 2. Mejora del medio ambiente y del entorno rural

Línea de ayuda: 2.1.2. Ayudas destinadas a compensar las dificultades naturales en zonas de montaña.

Expediente núm.: 399/2011

Solicitante: (datos personales ocultos)(datos personales ocultos)

Asunto: NOTIFICACIÓN DE DEFICIENCIAS ADVERTIDAS EN LA SOLICITUD DE AYUDA

Una vez revisada su solicitud de ayuda presentada con fecha 13/05/2.011, y núm. de registro 561/2.011, referida a la ayuda mencionada, hemos constatado las deficiencias que se indican a continuación:

  • Solicitud de transferencia bancaria (impreso TG002) o documento acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria. (para completar la documentación específica que debe acompañar a la solicitud según el punto 4 e) del apartado Séptimo de la Resolución del Presidente del FOGAIBA de 25 de enero de 2011).

En consecuencia y de acuerdo con el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,  se le requiere para que en el plazo de diez días (10) contados desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, subsane los defectos y/o aporte los documentos indicados, con la advertencia de que, si no lo hace así, consideraremos que desiste de su petición y, previa resolución, procederemos al archivo de las actuaciones."   

   

Palma, 25 de setiembre de 2.014 

 

El director gerente del FOGAIBA 

Joan Simonet Pons