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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 18334
Deficiencias advertidas en la solicitud de ayuda del expediente 354/2012, en relación a la línea de ayudas destinadas a compensar las dificultades naturales en zonas de montaña, correspondientes al año 2.012

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero, ya que no se ha podido localizar al interesado, mediante este anuncio se notifica a (datos personales ocultos), en relación al expediente 354/2012 de la línea de ayudas  destinadas a compensar las dificultades naturales en zonas de montaña, correspondientes al año 2.012, la siguiente Notificación de deficiencias advertidas en la solicitud de ayuda  firmada con fecha 14 de abril de 2.014 por el Jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural del FOGAIBA, 

“Programa de Desarrollo Rural 2007-2013

Eje 2. Mejora del medio ambiente y del entorno rural

Línea de ayuda: 2.1.1. Ayudas destinadas a compensar las dificultades naturales en zonas de montaña.

Expediente núm.: 354/2012

Solicitante: (datos personales ocultos)

Asunto: NOTIFICACIÓN DE DEFICIENCIAS ADVERTIDAS EN LA SOLICITUD DE AYUDA 

Una vez revisada su solicitud de ayuda presentada con fecha 23/05/2.012, y núm. de registro 5426/2.011, referida a la ayuda mencionada, hemos constatado las deficiencias que se indican a continuación: 

  • Certificado/s anual/es de ingresos y retenciones de la Empresa para los rendimientos del trabajo del/os declarante/s, que figuran en la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas del ejercicio 2.010 (para comprobar el requisito de ser agricultor a título principal, de acuerdo con el punto 1 a) del apartado Tercero de la Resolución de la Presidenta del FOGAIBA de 24 de enero de 2.012). 

En consecuencia y de acuerdo con el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,  se le requiere para que en el plazo de diez días (10) contados desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, subsane los defectos y/o aporte los documentos indicados, con la advertencia de que, si no lo hace así, consideraremos que desiste de su petición y, previa resolución, procederemos al archivo de las actuaciones."    

     

Palma, 08 de octubre de 2.014 

   

El director gerente del FOGAIBA 

Joan Simonet Pons