Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE PALMA
AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE PALMA - PALMAACTIVA-
Núm. 18187
PalmaActiva.- Anuncio de las bases reguladoras y convocatoria del III Concurso de Proyectos Empresariales “Eureka Junior: Ideas convertidas en empresas”
El Consejo Rector de PalmaActiva, en sesión de día 10 de octubre de 2014, aprobó las bases reguladoras del III Concurso de Proyectos Empresariales “Eureka Junior: Ideas convertidas en empresas”. Se publican las mencionadas bases para general conocimiento.
Contra el presente Acuerdo, que agota la vía administrativa, puede presentarse recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con lo que dispone el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde su aprobación, y en este caso no puede interponerse recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo tendrá que presentarse en el Registro de este Organismo o en las dependencias a que se refiere el artículo 38.4, de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, antes mencionada. Se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto ni notificado la resolución en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición y en este caso quedará expedita la vía contenciosa administrativa.
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, puede interponerse directamente recurso contencioso administrativo, según lo que establece el artículo antes mencionado y los 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente de su aprobación. Esto sin perjuicio de cualquiera otro recurso o acción que se considere pertinente.
Palma, 13 de octubre de 2014
La gerente
Silvia Romero Bosch
Bases reguladoras del III concurso de proyectos empresariales “Eureka junior: ideas convertidas en empresas”
1. – Objetivo general
El III concurso de proyectos empresariales “Eureka Junior: ideas convertidas en empresas”, que se tramitará por el procedimiento de concurrencia competitiva, tiene como objetivos:
-Dar apoyo y difundir la cultura emprendedora entre los estudiantes y los miembros de los centros educativos y estimular el espíritu emprendedor de los alumnos.
-Fomentar y promover iniciativas innovadoras en el ámbito educativo, creando instrumentos que estimulen la cultura emprendedora entre los alumnos.
-Promover el interés de los alumnos hacia la autoocupación, la cultura emprendedora y la creación de empresas.
-Mejorar la capacitación de los jóvenes emprendedores/as reforzando sus conocimientos en los aspectos de gestión y administración de empresa, dándoles apoyo en la fase de implementación y redacción del plan de empresa.
-Que los alumnos conozcan su entorno y sean capaces de desarrollar proyectos reales o potenciales que den respuesta a las demandas y necesidades del mercado de la sociedad en la que viven.
-Reconocer y premiar el esfuerzo y la iniciativa de los alumnos en la planificación de proyectos de empresa viables en el mercado.
2. – Partidas presupuestarias
El crédito total asignado al gasto quedará condicionado a la existencia de crédito suficiente y adecuado en el presupuesto del año 2015, y en el momento de la resolución de otorgamiento. La asignación para premios en la presente convocatoria es de 5.634,00€, con la siguiente distribución y anualidades:
- Con cargo a la aplicación presupuestaria 40.43300.48900.00 del presupuesto de gastos del año 2015: 4.500,00€ como coste de valor de adquisición de los vales regalo y 1.134,00€ como valor de la retención a ingresar en Hacienda a nombre de los beneficiarios.
3.- Premios
Se establecen dos categorías:
a.- Premios destinados a los alumnos participantes. Los premios se otorgaran a los mejores proyectos empresariales participantes. Los premios son:
-Primer premio: Vales por valor total de 2.000 €
-Segundo premio: Vales por valor total de 1.000 €
-Tercer premio: Vales por valor total de 500 €
b.- Premio destinado a los centros educativos. Un único premio:
-Premio especial para el centro educativo del primer premio: Vales por valor de 1.000€
La concesión de los premios es compatible con cualquier otro tipo de subvención, ayuda o premio.
4. – Participantes y tipos de proyectos
4.1- Participantes
La presente convocatoria va dirigida a los centros educativos públicos y privados de Palma que impartan estudios de segundo de Bachillerato y cualquier estudio de los Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior, y los alumnos matriculados en dichos centros y estudios del curso 2014-2015.
4.2- Tipos de proyectos
Los alumnos pueden presentar proyectos de empresa que versen sobre cualquier actividad económica lícita, ya sea, social, cultural, tecnológica, comercial o de servicios, sin limitación de ningún tipo, con especial atención a los proyectos dentro de los nuevos yacimientos de ocupación y economía creativa.
Los trabajos deberán ser originales, inéditos y realizados directamente por los propios participantes, no pueden haber sido presentados o premiados en otras actividades, concursos o certámenes iguales o similares. Deberán estar contextualizados en el entorno socioeconómico de las Islas Baleares. No podrán presentarse proyectos de franquicias.
5.- Inscripción. Presentación de solicitudes y documentación
El concurso se articula sobre la doble participación de los centros educativos y de los alumnos matriculados.
a.- Centros educativos. Los centros educativos interesados en que sus alumnos participen en la presente convocatoria presentaran en el plazo de 15 días naturales desde la publicación de la presente convocatoria en el BOIB, instancia modelo según anexo I, en el que harán constar los datos del profesor/es participante/s que realizaran las funciones descritas en el punto 6.1 de la presente convocatoria.
b.- Alumnos. La participación será por grupos, cada grupo podrá estar integrado por un mínimo de 3 miembros y un máximo de 5. Todos los miembros integrantes de un grupo deberán ser del mismo centro educativo, pudiendo participar en un mismo proyecto alumnos de diferentes especialidades, no hay límite de grupos por centro educativo.
Los grupos interesados en participar presentaran instancia modelo anexo II firmada conjuntamente con el profesor o tutor del centro educativo del grupo.
Las solicitudes en formato impreso se podrán obtener en la sede de PalmaActiva en la calle Socors, 22 de Palma y en formato electrónico en la web de PalmaActiva (www.palmaactiva.com).
Podrán presentarse solicitudes durante los 30 días naturales desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el BOIB.
Las solicitudes de participación en formato impreso se entregarán en el registro de PalmaActiva ubicado en la calle Socors 22 de Palma, dentro del horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes. También podrán presentarse en formato electrónico o al correo electrónico info@palmaactiva.com.
Instruye el expediente el Área de Promoción Económica de PalmaActiva, el instructor es el Jefe del Área.
Una vez finalizado el período de inscripción, si el órgano competente observara alguna deficiencia podrá requerir a los solicitantes, ya sean centros educativos o alumnos, para que en el plazo máximo e improrrogable de diez días las subsane, con apercibimiento que en caso contrario se les tendrá por desistidos de la solicitud presentada.
6.- Fases del concurso
El concurso consta de dos fases. Todos los proyectos admitidos pasarán a la fase formativa donde contarán con el asesoramiento de PalmaActiva y la participación del profesor del centro educativo indicado en la instancia. Los que superen esta fase, pasarán a la siguiente, fase de entrega de proyectos finales y selección de ganadores.
6.1- Fase formativa:
Se acordará con cada centro educativo la realización de 3 talleres formativos de 90 minutos de duración cada uno. Los talleres versarán sobre la siguiente temática de creación de empresas y combinarán formación presencial y actividades prácticas:
- Generación de ideas
- Genera tu modelo de negocio CANVAS
- Plan de empresa práctico
Los talleres formativos se harán en coordinación con el profesor responsable de cada centro educativo, con el cual se determinará la fecha, horarios y lugar de impartición de las materias formativas. Desde la organización del concurso se planificarán acciones formativas opcionales de manera que puedan asistir diferentes centros a la misma charla.
El profesor ejercerá de tutor de los diferentes proyectos del Plan de Empresa presentados por su correspondiente centro educativo y contará con el apoyo permanente de los técnicos de PalmaActiva.
La formación se llevará a cabo a partir de octubre hasta el mes de abril.
6.2- Fase de entrega de proyectos finales y selección de ganadores
Con la formación recibida, los participantes redactarán el plan de empresa de su idea de negocio. La extensión máxima del proyecto en formato libre no tiene que superar las 40 hojas, DinA4 tamaño máximo de letra Arial 12, incluido el apartado de presentación o “resumen ejecutivo” que tendrá una extensión máxima de 2 hojas, y una presentación de su idea de negocio. Además cada grupo participante tendrá que entregar una presentación del proyecto en formato audiovisual de una duración no superior a noventa segundos.
Se formará una Comisión Evaluadora integrada por personal de PalmaAcativa al objeto de evaluar los planes de empresa presentados.
La Comisión estará integrada por:
- Dos técnicos de Promoción Económica y Emprendedores.
- El Jefe de área de Promoción Económica y Emprendedores.
- La Gerente de PalmaActiva, como presidenta de la Comisión Evaluadora.
Determinada su composición, se publicará en la web de PalmaActiva a los efectos oportunos.
Se levantará acta de las sesiones, realizando las funciones de secretario el Jefe del área de Promoción Económica y Emprendedores.
La evaluación de los proyectos se hará según los criterios siguientes, resultando ganador aquel proyecto que obtenga una mayor puntuación, sobre un total de 100 puntos:
Criterio 1. Viabilidad económica financiera y comercial (Plan de inversiones, cuenta de resultados, conocimiento y estudio de mercado). Hasta 25 puntos.
El análisis de la viabilidad económica y financiera se realizará en función de los siguientes criterios:
- Grado de desarrollo y coherencia técnica del Plan de Inversiones inicial. Hasta 5 puntos.
- El análisis y coherencia técnica de la Cuenta de Resultados, se valorará según la concordancia entre los ingresos previstos y los medios de producción contemplados para desarrollar la actividad, el análisis de los gastos previstos en el plan económico y la liquidez prevista para mantener la actividad de la empresa. Hasta 5 puntos.
El análisis de la viabilidad comercial de la actividad se realizará según los siguientes criterios:
- Desarrollo del estudio de mercado: Análisis de factores externos que pueden influir en el proyecto, fuentes de información consultadas y explicación y comprensión de los datos analizados. Hasta 5 puntos.
- Grado de conocimiento del producto o servicios que se ofrecerá al mercado: Explicación del sistema productivo o de prestación del servicio. Hasta 5 puntos.
- Mercado potencial dentro del ámbito local. Hasta 5 puntos.
Criterio 2. Coherencia global del proyecto. Hasta 35 puntos.
Para analizar la coherencia global del proyecto se valorarán los siguientes criterios:
- La presentación, redacción y estructura del proyecto. Hasta 10 puntos.
- Posibilidad real de desarrollar la actividad. Hasta 5 puntos.
- Grado de aceptación del producto o servicio planificado. Hasta 10 puntos.
- Desarrollo y coherencia de la presentación del proyecto mediante la metodología Canvas. Hasta 5 puntos.
- Resumen Ejecutivo. Presentación y capacidad de síntesis del proyecto en el resumen ejecutivo. Hasta 5 puntos.
Criterio 3. Grado de innovación tecnológica y creatividad (utilización de las nuevas tecnologías y/o utilización de nuevas ideas de gestión en el proceso productivo). Hasta 30 puntos.
El análisis del grado de innovación tecnológica se analizará con los siguientes criterios:
- Inversión inicial en tecnología. Hasta 5 puntos.
- Relación del proyecto con las tecnologías de la información y conocimiento. Hasta 5 puntos.
- Grado de creatividad del proyecto.
-Utilización de nuevas ideas de gestión. Hasta 5 puntos.
-Aplicación de innovaciones procedentes de otros sectores de actividad. Hasta 10 puntos.
-Readaptar productos o servicios ya existentes ofreciendo un nuevo producto o servicio. Hasta 5 puntos.
Criterio 4. Presentación audiovisual del proyecto. Hasta 10 puntos.
Para analizar el proyecto audiovisual se valorarán los siguientes criterios:
- Se valorará la claridad en la explicación del producto o servicio presentado. Hasta 5 puntos.
- Se valorará el grado de dificultad, las técnicas utilizadas y el esfuerzo necesario para realizar el proyecto audiovisual. Hasta 5 puntos.
6.3- Premios
El concurso está formado por cuatro premios en dos categorías. Los premios, tanto el destinado a la categoría centre educativo como los destinados a la categoría de los alumnos participantes, no se abonarán en efectivo sino en forma de vales por un importe determinado para la adquisición de productos a un establecimiento adherido al concurso, en las condiciones que se establezcan.
En la convocatoria se recoge la cuantía destinada a cada categoría de los premios con cargo a los presupuestos de PalmaActiva. El organismo autónomo buscará la colaboración y participación de patrocinadores y entidades interesadas en apoyar el presente concurso.
El importe total máximo de cada premio es el indicado en la base tercera, más las potenciales aportaciones previstas en el párrafo anterior. Estos importes se dividirán en partes alícuotas entre todos los miembros integrantes del proyecto. Los abonos se realizarán individualmente y directamente a cada miembro.
Los premios estarán sujetos a la retención fiscal vigente en el momento de su abono.
Los beneficiarios de los premios no tienen que hallarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones.
La Gerencia de PalmaActiva es el órgano administrativo competente para resolver el concurso. La resolución, conforme al artículo XXI de los estatutos, agota la vía administrativa. Contra la misma en vía administrativa podrán presentarse alegaciones en el plazo de 10 días o recurso potestativo de reposición.
7.- Acto de clausura y entrega de premios
El acto de clausura es un reconocimiento público a los alumnos y centros educativos participantes como futuros motores de nuestra economía local.
Los nombres de los proyectos ganadores y la entrega de premios se hará en el acto público de clausura con los integrantes de Eureka el mes de mayo 2015.
El órgano competente es la gerencia de PalmaActiva, conforme al artículo XXI de los vigentes estatutos del organismo, agota la vía administrativa.
8.- Obligaciones
El centro educativo ganador del premio especial deberá cumplir con las siguientes obligaciones:
- Hacer publicidad de su otorgamiento en sus medios de comunicación habituales (web, redes Internet, etc.) en la forma en que se acuerde por PalmaActiva.
- Dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 7 de la ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones, del Ayuntamiento de Palma en todo lo que le sea de aplicación
-Si se encuentra en alguna causa de reintegro, reintegrar la cuantía recibida.
9.- Incumplimientos
Se considera incumplimiento de la finalidad establecida en la presente convocatoria:
1.- La falsedad en los datos aportados.
2.- La obtención del premio falseando las condiciones requeridas.
3.- El incumplimiento de lo dispuesto en el art. 7 de la ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Palma en todo el que sea de aplicación
Los reintegros se realizarán en la forma establecida en el Título II de la ley 38/2003, de 17 de noviembre general de subvenciones, art. 36 a 43 y 3.3 del Real decreto 887/2006, reglamento de subvenciones, con derecho de audiencia de las personas interesadas
10.- Normativa complementaria
Para todo lo no previsto en la presente convocatoria son de aplicación la ordenanza municipal general reguladora de la concesión de subvenciones, aprobada por acuerdo plenario de 28 julio 2005, BOIB núm. 140 de 22/09/2005, -bases reguladoras de la presente convocatoria- la ley 38/2003, general de subvenciones, el Real decreto 887/2006, de 21 de julio que aprueba el reglamento de la ley 38/2003, la ley 30/1992 de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común.