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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE PALMA - PALMAACTIVA-

Núm. 18186
PalmaActiva.- Anuncio de las bases reguladoras y convocatoria del concurso “Premio Lanza 2014”

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Consejo Rector de PalmaActiva, en sesión de día 10 de octubre de 2014, aprobó las bases reguladoras del concurso “Premio Lanza 2014”. Se publican las citadas bases para general conocimiento.

Contra el presente Acuerdo, que agota la vía administrativa, puede presentarse recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con lo que dispone el artículo 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde su aprobación, y en este caso no puede interponerse recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.

El recurso de reposición potestativo tendrá que presentarse en el Registro de este Organismo o en las dependencias a que se refiere el artículo 38.4, de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, antes mencionada. Se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto ni notificado la resolución en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición y en este caso quedará expedita la vía contenciosa administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, puede interponerse directamente recurso contencioso administrativo, según lo que establece el artículo  antes mencionado y los 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente de su aprobación. Esto sin perjuicio de cualquiera otro recurso o acción que se considere pertinente.

 

Palma, 13 de octubre de 2014

 

La gerente

Silvia Romero Bosch

  

 

Bases reguladoras del concurso “Premio Lanza 2014”

Primero.- Objetivo general

El premio “Lanza 2014” se otorgará a la mejor empresa, actualmente en activo, que haya presentado el proyecto final en alguna de las 12 ediciones del concurso “Eureka: Ideas convertidas en empresas” (2002-2014), convocado por PalmaActiva, o que haya estado o esté en la actualidad alojada en el Centro de Empresas de PalmaActiva en cualquiera de sus modalidades (coworking, despachos o locales).

Se entiende por empresa, a efectos de la presente convocatoria, la realización de una actividad económica bajo cualquier forma jurídica vigente, ya sea como empresario individual o mediante figuras civiles (SC, CB, etc.) o mercantiles (SL, SLL, SA, SCoop, etc.).

El premio tiene como objetivo reconocer la labor de las empresas constituidas por emprendedores/as y que destaquen actualmente o hayan destacado por su trayectoria en: el uso e impulso de las nuevas tecnologías, la implementación de herramientas de innovación, la creación de lugares de trabajo, la calidad en la gestión de los recursos y/o en la aplicación de acciones de Responsabilidad Social Corporativa.

Segundo.- Créditos presupuestarios

El crédito total asignado a la presente convocatoria es de 3.000€.

Las obligaciones económicas derivadas de la concesión de los premios, irán con cargo a la aplicación presupuestaria 40.43300.489.00.00 del presupuesto de gastos de PalmaActiva del año 2014.

Tercero.- Destinatarios

Pueden participar en el concurso todas aquellas empresas, en activo y con sede fiscal actual en Palma en el momento de presentación de la solicitud, que hayan participado en alguna de las 12 ediciones del concurso “Eureka: Ideas convertidas en empresas” (2002-2014), convocado por PalmaActiva, o que hayan estado o estén en la actualidad alojadas en el Centro de empresas de PalmaActiva en cualquiera de sus modalidades (coworking, despachos o locales).

Los beneficiarios no tienen que hallarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones.

Cuarto.- Premios

El “Premio Lanza 2014” se otorgará por concurrencia competitiva y cuenta con un único premio dotado económicamente de 3.000€.

La concesión del presente premio es compatible con cualquiera otro tipo de subvención, ayuda o premio.

Quinto.- Presentación de solicitudes y documentación

El modelo de solicitud oficial puede obtenerse en la web http://www.palmaactiva.com y también en las oficinas de PalmaActiva, calle Socorro núm.22, de Palma.

Los interesados pueden presentar las solicitudes, desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el BOIB y hasta el 14 de noviembre de 2014.

Las solicitudes tendrán que ir debidamente firmadas y acompañadas de la documentación que se indica seguidamente y podrán entregarse electrónicamente (con un peso máximo de 5 Mb), a la dirección de correo electrónico info@palmaactiva.com, o bien en el registro general de las oficinas de PalmaActiva, calle socorro, 22, en horario de 9.00h a 14.00h. de lunes a viernes. Igualmente, también podrán presentarse por cualquier de los medios y formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/1992 LRJAP y PAC.

Las solicitudes se acompañarán de la documentación anexa siguiente:

1) Memoria descriptiva en texto libre de la actividad de la empresa de los ejercicios económicos 2011, 2012 y 2013. Los solicitantes con un alta posterior a 2011, presentarán los datos desde su periodo de alta.

El texto se presentará en formato Word, de extensión máxima total de 10 hojas, DinA4, cuerpo de letra Arial tamaño 11, con el orden y contenidos siguientes: 

a) “Resumen ejecutivo”, extensión máxima de una hoja DinA4, cuerpo de letra Arial tamaño 11, con los apartados siguientes: nombre comercial, nombre de los promotores, perfil de los promotores, inversión (capital, recursos propios/ajenos), actividad económica y público objetivo.

b) La empresa en la actualidad, misión, visión, valores, objetivos empresariales conseguidos, descripción de la actividad y propuestas de valor y -en su caso- cambios operados con respecto a los iniciales.

c) Acciones específicas en el uso e impulso de las nuevas tecnologías.

d) Acciones específicas de implementación de herramientas de innovación; inversiones económicas, implantación de nuevos sistemas y procedimientos, nuevos productos y/o servicios.

e) Implantación de sistemas de calidad en la gestión de los recursos; certificados ISO, EFQM o equivalentes.

f) Creación de puestos de trabajo (incluidos los socios, promotores y contratados). Se tiene que especificar los periodos de los puestos de trabajo a jornada completa e inferiores tanto de los contratos fijos como de los de duración determinada.

g) Aplicación de acciones de Responsabilidad Social Corporativa, según los apartados siguientes: 1) sostenibilidad, cuidado del medio ambiente y reciclaje, 2) eficiencia energética, 3) conciliación del personal, 4) participación en proyectos solidarios, 5) Otros.

2) Vídeo-presentación de la empresa en la actualidad en formato libre y con una duración máxima de 2 minutos. Se valorará la calidad y creatividad del vídeo, así como los contenidos relativos al uso e impulso de las nuevas tecnologías, la implementación de herramientas de innovación, la calidad en la gestión de los recursos y/o en la aplicación de acciones de Responsabilidad Social Corporativa dentro de la empresa.

Podrá presentarse en cualquier formato (AVI, MP4, WMV, DIVX, 3GP, FLV, Real, etc.) y en cualquier soporte (USB,CD, DVD, u otros) .

Igualmente podrá presentarse subiéndolo a canal de vídeo (youtube, vimeo, soapbox, google vídeo, o cualquier otro), indicando dirección directa o link del archivo. Si se presentara como privado, se indicará el código de acceso.

Sexto.- Órganos y funciones

Instruye el expediente el área de Promoción Económica y Emprendedores del organismo, el instructor es el Jefe del área.

Corresponde a PalmaActiva, la competencia para la aprobación definitiva del premio.

El concurso está integrado por dos órganos:

-Comisión Evaluadora: Es el órgano técnico que asiste al Jurado, que lo podrá requerir en cualquier momento. Estará integrada por 3 técnicos del área de Promoción Económica y Emprendedores que se designen por el Organismo. 

En el plazo máximo de 30 días naturales desde la finalización del plazo de presentación o -en su caso- del plazo de subsanación, informará del grado de logro de los proyectos presentados conforme a los criterios de valoración, que trasladará al Jurado.

-Jurado: Es el órgano competente para proponer el otorgamiento del premio. Estará integrado por un máximo de seis miembros representantes de instituciones públicas y privadas de reconocido prestigio, pertenecientes a los campos del presente concurso: innovación, nuevas tecnologías, calidad y emprendedores. 

Una vez constituidas, la comisión evaluadora y el jurado, se publicará sus composiciones respectivas en la web de PalmaActiva.

Séptimo.- Tramitación fase de concurso

Las solicitudes presentadas serán informadas por la Comisión Evaluadora del grado de logro de los criterios de valor indicados seguidamente, que trasladará al Jurado.

Criterio 1: Vídeo-presentación de la empresa.

Los elementos que se valorarán son:

1) Calidad y creatividad del vídeo.

2) Contenidos sobre el uso de las nuevas tecnologías.

3) Contenidos sobre el impulso de las nuevas tecnologías.

4) Implementación de herramientas de innovación.

Criterio 2: Implantación de sistemas de calidad en la gestión de los recursos.

Certificados ISO, EFQM,o equivalentes.

Criterio 3: Creación de puestos de trabajo.

Los elementos que se valorarán es la creación de puestos de trabajo a jornada completa e inferiores tanto de los contratos fijos como de los de duración determinada, incluyendo los promotores, socios y contratados.

Criterio 4: Aplicación de acciones de Responsabilidad Social Corporativa.

Los elementos que se valorarán son:

1) Sostenibilidad, cuidado del medio ambiente y reciclaje.

2) Eficiencia energética.

3) Conciliación del personal.

4) Participación en proyectos solidarios.

El Jurado, recibido el anterior informe, procederá a valorarlos según los siguientes criterios, sobre un total de 35 puntos.

Criterio 1: Uso e impulso de las nuevas tecnologías (Hasta 10 puntos).

1) Soluciones tecnológicas relacionadas con el uso de las NNTT  (Hasta 5 puntos).

2) Acciones de impulso y difusión de soluciones tecnológicas relacionadas con las NNTT (Hasta 5 puntos).

Criterio 2: Grado de innovación (Hasta 15 puntos).

Se valorará la innovación en el planteamiento de la empresa.

Entendemos por innovación no tan sólo la creación de un nuevo producto o diseño sino también la adaptación de manera creativa de soluciones ya existentes a otros ámbitos, sectores o modelos de negocio:

1) La adaptación de ideas del exterior, analizando otros ejemplos que ya han funcionado en otros territorios o mercados internacionales y que podrían también funcionar adaptándolos al modelo de negocio. (Hasta 5 puntos).

2) La introducción de innovaciones procedentes de otros sectores de actividad, adaptando, mejorando o hibridando ideas provenientes de otros sectores diferentes. (Hasta 5 puntos).

3) Readaptar productos ya existentes dotándolos de alguna solución innovadora que actualmente no existe al mercado. (Hasta 5 puntos).

Criterio 3: Contribución al desarrollo local (Hasta 10 puntos).

1) Adaptación a la resolución de necesidades del tejido empresarial local (Hasta 5 puntos).

2) Potencialidad de sinergias con otros sectores locales (Hasta 5 puntos).

Octavo.- Finalización del concurso. Designación del ganador

El Jurado en el plazo máximo de 15 días naturales desde el inicio de valoración de los proyectos emitirá propuesta de otorgamiento del premio. El premio se otorgará a la empresa que haya obtenido la mayor puntuación de los totales de los criterios. 

La Gerencia de PalmaActiva es el órgano administrativo competente. La resolución, conforme al artículo XXI de los estatutos, agota la vía administrativa. Contra la misma en vía administrativa podrán presentarse  alegaciones en el plazo de 10 días o recurso potestativo de reposición.

Noveno.- Entrega y pago del premio

La publicación de los ganadores y la entrega del premio se hará en acto público. Se publicará en la web de PalmaActiva y en el BOIB el proyecto galardonado.

Los premios en metálico están sujetos a retención fiscal según la normativa en vigor.

El pago del premio se hará por transferencia bancaria a nombre del solicitante, en el caso de entidades jurídicas, civiles y mercantiles, a nombre de éstas.

Décimo.- Obligaciones de los beneficiarios

Son obligaciones de los beneficiarios:

a) Someterse a las actuaciones de comprobación, así como cualquier otro de comprobación y control que puedan realizar los órganos de control competentes.

b) Dar publicidad del premio en sus medios de comunicación propios (web, redes internet, etc.) y participar en los actos de promoción y publicidad del concurso y del premio otorgado en la forma que acuerde la organización.

c) Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la seguridad social y no haber sido sancionado para la obtención de premios, ayudas o subvenciones públicas, en el momento de su pago.

d) Dar cumplimiento a lo dispuesto al art. 7 de la ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Palma en todo el que sea de aplicación

Undécimo.- Incumplimientos

Se considera incumplimiento de la finalidad establecida en las presentes bases:

a) La falsedad en los datos aportados.

b) La obtención del premio dinerario falseando las condiciones requeridas.

c) El incumplimiento de dar adecuada publicidad del premio dinerario recibido.

El incumplimiento de la finalidad establecida en la presente convocatoria comportará el reintegro del premio recibido. Los reintegros se realizarán en la forma establecida en el Título II de la ley 38/2003, de 17 de noviembre general de subvenciones, art. 36 a 43, con derecho de audiencia de las personas interesadas

 

Duodécimo.- Normativa complementaria

Para todo lo no previsto en la presente convocatoria le son de aplicación la ordenanza municipal general reguladora de la concesión de subvenciones, aprobada por acuerdo plenario de 28 de julio de 2005, BOIB núm. 140 de 22/09/2005, -bases reguladoras de la presente convocatoria-, la ley 38/2003, general de subvenciones, el Real decreto 887/2006, de 21 de julio que aprueba el reglamento de la ley 38/2003, la ley 30/1992 de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común.