Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 18229
Acuerdo del Consejo de Gobierno de las Illes Balears de día 17 de octubre mediante el cual se aprueba la modificación de la relación de puestos de trabajo a consecuencia de la reestructuración orgánica derivada del Decreto 10/2014, de 3 de octubre, del presidente de las Illes Balears
Mediante el Decreto 5/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Illes Balears, se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
El Decreto 10/2014, de 3 de octubre, del presidente de las Illes Balears, ha modificado el Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, a los efectos de introducir cambios en la estructura y la delimitación material de las competencias asignadas a la Consejería de Educación, Cultura y Universidades.
El artículo 31.3 de la ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que cuando las modificaciones de relaciones de puestos de trabajo sean a consecuencia de reestructuración orgánica la modificación se llevará a cabo automáticamente y requerirá únicamente de su aprobación por parte del Consejo de Gobierno y su publicación.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Administraciones Públicas, en la sesión de 17 de octubre de 2014 adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:
“Primero. Aprobar la modificación de la relación de puestos de trabajo a consecuencia de la reestructuración orgánica derivada del Decreto 10/2014, de 3 de octubre, del presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, tal y como figura en el anexo adjunto al presente acuerdo.
Segundo. Facultar a los consejeros de Hacienda y Presupuestos y de Administraciones Públicas para que adopten las medidas necesarias para la ejecución de este acuerdo.
Tercero. Ordenar la publicación del presente acuerdo y de su anexo en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
Palma, 17 de octubre de 2014
El secretario del Consejo de Gobierno
Antonio Gómez Pérez