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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES

Núm. 18159
Resolución del Director General de Deportes por la cual se dispone el cese de la secretaria del Tribunal Balear del Deporte y el nombramiento de la secretaria del Tribunal Balear del Deporte

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Texto

La vigente Ley 14/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illes Balears (BOIB número 151, de 26-10-2006), tal y como se expone ya en su exposición de motivos, crea el Tribunal Balear del Deporte. Este órgano nace con el objetivo de decidir, como última instancia en vía administrativa, sobre las cuestiones electorales, competitivas y disciplinarias deportivas, así como la búsqueda, por la vía del arbitraje, la mediación y la consulta, con la finalidad de conseguir que los asuntos y las controversias que tengan su origen en el mundo deportivo queden y sean tratados en el ámbito deportivo de las Illes Balears, con la celeridad que se requiere y la experiencia de que se dispone.

El Tribunal Balear del Deporte se prevé en el capítulo X del Título XII de la referida Ley del Deporte, concretamente del artículo 184 hasta el 193. Estos artículos regulan el concepto, la composición, el procedimiento de nombramiento de los y las miembros, la elección del presidente o de la presidenta y del vicepresidente o de la vicepresidenta y nombramiento del secretario o de la secretaria, la duración del mandato, las vacantes, el funcionamiento, las funciones, la aprobación de los precios públicos y el desarrollo reglamentario.

El 29 de junio de 2010, el Delegado de la Presidencia para el Deporte dictó la resolución per la cual se nombró la secretaria, titular y suplente, respectivamente, del Tribunal Balear del Deporte (BOIB núm. 107, de 17-07-2010). De acuerdo con el artículo 188 el mandato de los y las miembros del Tribunal Balear del Deporte es de cuatro años renovables y cesan en el cargo cuando finaliza el plazo para el que han sido designados y designadas y una vez se ha procedido a la designación de los nuevos miembros.

De conformidad con el punto 2 del artículo 187 de la Ley del Deporte, el secretario o la secretaria del Tribunal Balear del Deporte será designado o designada por la dirección general competente en materia de deportes entre el personal de la administración autonómica y deberá ser licenciado o licenciada en derecho.

Per todo esto, y en virtud de las atribuciones conferidas, dicto la siguiente

Resolución

1.- Disponer el cese de la señora Susana Mª Pujol Christiansen como secretaria titular y de la señora Maria Isabel Pons Torrens como secretaria suplente del Tribunal Balear del Deporte con efectos des del mismo día de la publicación de esta resolución,  agradeciéndole los servicios prestados.

2.- Nombrar como secretaria del Tribunal Balear del Deporte, con efectos desde el día siguiente de la publicación de esta resolución:

- Titular: María Luisa Caballero Gomila

- Suplente: Maria Isabel Pons Torrens

3.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Contra esta resolución – que no agota la vía administrativa – se puede interponer un recurso de alzada ante el Consejero de Turismo y Deporte en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

 Palma, 13 de octubre de 2014

 El director general de Deportes
Francisco Javier Morente López