Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA
Núm. 18121
Exp. 2014/23 sancionador animales
Después de haber por dos veces, hecho las notificaciones con aviso de recibo, no se han podido hacer efectivas las comunicaciones certificadas por una infracción del art. 12.d. de l’Ordenança Municipal de animales domésticos, en cumplimiento de lo que dispone el articulo 59.4 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/119, de 14 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la publicación en el BOIB de la comunicación:
NOTIFICACIÓN
Para su conocimiento y consecuentes efectos le notifico que la Sra. Instructora del expediente núm. 2014/23, en fecha 18 de septiembre de 2014 ha dictado la propuesta de resolución que seguidamente le transcribo:
“PROPUESTA DE RESOLUCIÓN”
ANTECEDENTES
1r. Por Decreto de Alcaldía de día 25 de junio de 2014, se acordó el inicio del procedimiento sancionador de referencia por el cual se imputaba al Sr. Guillermo Bisbal Coll por la comisión de dos infracciones administrativas tipificadas en el art. 12.d. de la Ordenanza Municipal de animales domésticos, conforme con los siguientes hechos:
- Según denuncia de la Policía Local de día 05 de mayo de 2014, el Sr. Guillermo Bisbal Coll es propietario de dos perros que estaban en la playa en temporada de baño.
2n. El mencionado acuerdo se notificó el día 21 de juliol de 2014.
3r. Por el instructor se han practicado, de acuerdo con el articulo 9 del decreto 14/1994, las diligencias y actuaciones necesarias para la determinación precisa de los hecho y las responsabilidades susceptibles de sanción.
4rt. El presunto responsable ha presentado alegaciones contra el inicio del expediente sancionador el dia 23 de julio de 2014.
De las actuaciones practicada se consideran como hecho probados los descritos en el apartado 1, de acuerdo con el articulo 137.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
1r. En el presente procedimiento es competente para resolver la Junta de Gobierno Local, por delegación acordada por decreto de Alcaldía de 30 de junio de 2011.
2n. Los mencionados hechos probados representan una infracción tipificada en el art. 12 de la Ordenanza Municipal de animales domésticos:
Art. 12.d: Queda prohibido el acceso de animales de compañía a las piscinas públicas durante todo el año, y a las playa en temporada de baño, comprendida en defecto de otra definición por parte del Ayuntamiento entre los meses de abril a octubre, ambos incluidos.
3r. El articulo 31 de la Ordenanza Municipal de animales domésticos considera como infracciones leves el art. 12.d) de la Ordenanza Municipal de animales domésticos.
4rt.- El artículo 34 de la repetida ordenanza especifica que las infracciones leves seran sancionadas con multa de 60 a 300 € de acuerdo con la Ley 1/92 de 8 de abril, de Protección de animales que viven en el entorno humano.
PROPUESTA
1ro.- Desestimar las alegaciones presentadas mediante escrito RGE de dia 23.07.14 por el Sr. Guillermo Bisbal Coll con DNI nº 43061947J, contra el decreto de alcaldía núm. 665 de fecha 25.06.2014, en virtud del cual se inicio procedimiento sancionador por dos infracciones administrativas en materia de animales regulada en la Ordenanza Municipal de animales domésticos.
2do.- Declarar al Sr. Guillermo Bisbal Coll, responsable de dos infracciones administrativas en materia de animales regulada en la Ordenanza Municipal de animales domésticos.
3ro.- Imponer al Sr. Guillermo Bisbal Coll, una multa de 120 €, en aplicación de las sanciones previstas al articulo 34 según la Ley 1/1992 de 8 de abril.
4rto.- Notificar la presente propuesta al presuntamente responsable, y comunicarle que una vez recibida esta disponen de quince (15) días para formular alegaciones y presentar los documentos y otros elementos de juicio que estimen pertinentes.
Acuerdo que le comunico a los efectos oportunamente aludidos.
No obstante esto, la Junta de Gobierno Local, acordará.
Pollença, 14 de septiembre de 2014
Pollença, 14 de octubre de 2014
El Alcalde
Bartolomé Cifre Ochogavia