Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

Núm. 18096
Anuncio para los afectados en el T.M. de Andratx

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por Resolución dictada por el Ilustre Sr. Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción, núm. 7, de Palma, en fecha 22 de septiembre del actual, referente al procedimiento:

DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO, NÚM. 0002921 / 2013.

N.I.G: 07040 43 2 2013 0365940

Delito / Falta: INCENDIS FORESTALS.

Contra: Sr. Ignacio GÓMEZ HERREDIA.

Procuradora: Sra. María Luisa VIDAL FERRER.

Abogado: Sr. Juan SASTRE CALAFAT.

SE HACE PÚBLICO A LOS AFECTADOS POR EL INCENDO FORESTAL OCURRIDO EN ÉSTE TERMINO MUNICIPAL, (30-07-2013), QUE:

Pueden, si a su derecho conviene, personarse o dirigirse al presente expediente en reclamación de alguna cantidad económica por los perjuicios sufridos, en este caso deberán aportar el original y copia de la escritura pública para devolverles el original de la primera, fotografiás de los daños, y informe de la valoración de estos daños.

Al mismo tiempo se les hace ofrecimiento de lo que dispone el artículo 109 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que dice así:

“Artículo 109.- 1. La Administración pública, las demás partes procesales y las personas afectadas por el fallo, mientras no conste en autos la total ejecución de la sentencia, podrán promover incidente para decidir, sin contrariar el contenido del fallo, cuantas cuestiones se planteen en la ejecución y especialmente las siguientes:

a) Órgano administrativo que ha de responsabilizarse de realizar las actuaciones.

b) Plazo máximo para su cumplimiento, en atención a las circunstancias que concurran.

c) Medios con que ha de llevarse a efecto y procedimiento a seguir.

2. Del escrito planteando la cuestión incidental el Secretario judicial dará traslado a las partes para que, en plazo común que no excederá de veinte días, aleguen lo que estimen procedente.

3. Evacuado el traslado o transcurrido el plazo a que se refiere el apartado anterior, el Juez o Tribunal dictará auto, en el plazo de diez días, decidiendo la cuestión planteada.”

Todo lo cual se hace público para su general conocimiento.

 

Andratx, a 16 de octubre de 2014.

     

El Alcalde – Presidente.

Llorenç SUAU SIMÓ.