Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 18000
Corrección de errores de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Balears de 12 de agosto de 2014 por la cual se convoca un concurso de méritos para constituir las bolsas generales para la selección de personal estatutario temporal del Servicio de Salud de les Islas Baleares de la categoría de médico/médica de urgencias que prestan servicio en la Gerencia de Atención de urgencias 061 i/o en los servicios de Urgencia de Atención Primaria (BOIB núm. 113, de 21 de agosto de 2014)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Antecedentes

1. Mediante la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Balears de 12 de agosto de 2014  —publicada en el BOIB núm. 113, de 21 de agosto de 2014— se convocó un concurso de méritos para constituir las bolsas generales para la selección de personal estatutario temporal del Servicio de Salud de les Islas Baleares de la categoría de médico/médica de urgencias que prestan servicio en la Gerencia de Atención de urgencias 061 i/o en los servicios de Urgencia de Atención Primaria.

2. Se han advertido errores en el apartado 2 b) que regula los requisitos de acceso del anexo 1 que regula las bases de la convocatoria.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, establece que “las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

2. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones adminis­trativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o la disposición.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Rectificar los errores observados en la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Balears de 12 de agosto de 2014  por la cual se convoca un concurso de méritos para constituir las bolsas generales para la selección de personal estatutario temporal del Servicio de Salud de les Islas Baleares de la categoría de médico/médica de urgencias que prestan servicio en la Gerencia de Atención de urgencias 061 i/o en los servicios de Urgencia de Atención Primaria (BOIB núm. 113, de 21 de agosto de 2014).

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, 6 de octubre de 2014

El director general
Por delegación del consejero de Salud y Consumo (BOIB núm. 48/2008)
Miquel Tomàs Gelabert

 

ANEXO
Corrección de errores

Anexo 1, bases del a convocatoria, punto 2.1 b)

Donde dice:

- b) Tener la titulación o estar en condiciones de obtener la dentro del plazo para presentar solicitudes: para la categoría  de médico/médica se requiere la licenciatura de medicina y cirugía.

Debe decir:

-  b) Tener el título de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria o el Certificado previsto en el artículo 3 del Real decreto 853/1993, de 4 de junio, o alguno de los títulos, certificados o diplomas a que hace referencia el artículo 30 de la Directiva 93/16/CEE, cuya enumeración figura en el apartado 1 de la Comunicación 96/C 363/04, de la Comisión Europea, o sean titulares de los certificados previstos en el artículo 36.4 de esa Directiva.  En el caso de las titulaciones obtenidas en el extranjero, debe acreditar que están homologadas por el Ministerio de Educación.