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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE FAMILIA Y SERVICIOS SOCIALES

Núm. 17857
Resolución de la consejera de Familia y Servicios Sociales de 1 de octubre de 2014 por la que se nombra el vocal suplente de la Consejería de Familia y Servicios Sociales en la Comisión Interdepartamental de Empleo de las Illes Balears

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Texto

El artículo 32 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 17 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, establece que los titulares de los órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears se sustituirán en sus funciones, de manera temporal, en los supuestos de ausencia, enfermedad o vacante.

El artículo 33.2 de la Ley 3/2003 establece que el régimen de suplencia se determinará por el superior jerárquico del titular del órgano afectado entre los titulares de órganos de igual o de rango inmediatamente inferior.

El artículo 2.1 del Decreto 23/2014, de 23 de mayo, por el que se crea y regula la Comisión Interdepartamental de Empleo de las Illes Balears (BOIB núm. 71, de 24 de mayo de 2014) dispone que esta Comisión está integrada, entre otros vocales, por el director general de Servicios Sociales.

Además, el artículo 2.4 del Decreto 23/2014 determina que:  

El vicepresidente de la Comisión y cada uno de sus vocales deben tener suplentes designados mediante una resolución del consejero correspondiente, del director del Servicio de Empleo de las Illes Balears y de la directora del Instituto Balear de la Mujer para que los sustituyan en casos de vacante, ausencia o cualquier otra causa de imposibilidad.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

 1. Nombrar al señor Pau Llinás Bosch vocal suplente de la Consejería de Familia y Servicios Sociales en la Comisión Interdepartamental de Empleo de las Illes Balears, para que sustituya al director general de Servicios Sociales en casos de vacante, ausencia o cualquier otra causa de imposibilidad.

 2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, para que tenga efectos a partir de la fecha de publicación.

 

Palma, 1 de octubre de 2014

 

 La consejera de Familia y Servicios Sociales

 Sandra Fernández Herranz