Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 17809
Pleno - Plan para la ordenación de los recursos humanos del Consejo Insular de Menorca (CIM)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Se hace público que el Pleno del Consejo Insular de Menorca en sesión de carácter extraordinario de 29 de setiembre de 2014, adoptó, entre otros el siguiente acuerdo:

Primero. Reconocer como contratos laborales indefinidos no fijos los 56 contratos de obra o servicio, sin substantividad propia, que son necesarios e imprescindibles y que figuran en el anexo I del Plan de Ordenación de Recursos Humanos.

Segundo. Modificar los 56 contratos mencionados de manera que se reconozcan a las personas titulares de estos contratos de obra o servicio, que figuren en el anexo II del plan, como indefinidos no fijos hasta que sea posible la provisión definitiva de las plazas creadas, respetando la legislación vigente en esta materia y aplicando el criterio de servicios esenciales e inaplazables.

Tercero. Asignar los 55 contratos indefinidos no fijos de los relacionados en el anexo I a las plazas de plantilla creadas al efecto o a las que queden vacantes.

Cuarto. Iniciar los trámites para crear la plaza de auxiliar administrativo que falta para dar cobertura a los contratos mencionados.

Quinto. Iniciar los trámites necesarios para la catalogación de los puestos de trabajo incluidos en la plantilla y que no figuren en el Catálogo de puestos de trabajo (anexo III).

Maó, a 10 de octubre de 2014

LA SECRETARIA INTERINA
Rosa Salord Olèo

ANEXO
PLAN PARA LA ORDENACIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS DEL CONSEJO INSULAR DE MENORCA (CIM)

ANTECEDENTES

La Ley 7/2007, de 12 de abril, que aprueba el Estatuto básico del empleado público (EBEP), regula la planificación de los recursos humanos en las administraciones públicas, que tendrán como objetivos:

1. Contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios.

2. Mejorar la eficiencia en la utilización de los recursos económicos disponibles, mediante:

- La dimensión adecuada de sus efectivos

- Su mejor distribución

- La formación

- La promoción profesional

- La movilidad

Por ello, establece que las administraciones públicas pueden aprobar planes para la ordenación de sus recursos humanos que incluyan medidas de análisis de las disponibilidades y necesidades de personal, tanto desde el punto de vista numérico como desde los perfiles profesionales, previsiones sobre los sistemas de organización del trabajo y modificaciones de estructuras de puestos de trabajo y medidas de movilidad, entre otros.

Asimismo, la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, establece que los Consejos Insulares pueden aprobar planes generales de ordenación de los recursos humanos adaptados a sus peculiaridades, así como programas específicos para optimizar recursos para áreas determinadas. En consecuencia, este plan general de ordenación de los recursos humanos prevé medidas y objetivos previstos en el apartado h del artículo 38 de la mencionada ley.

Durante los últimos años, condicionados por las medidas restrictivas en materia de reposición o incremento de personal, dado el aumento de necesidades de servicios sociales y con la previsión de la creación de consorcios u otro tipo de entidades que asumirían diversos servicios, se han venido realizando contratos de obra o servicio para poder cubrir las necesidades requeridas. Por este motivo, los contratos ordenados en este plan se concentran principalmente en los centros de atención a personas (Residencia de Mayores, Casa de la Infancia y Centros de Trepucó I y II).

Dicho incremento de servicios se realizó mediante la contratación de personal laboral con contratos de obra o servicio, una parte de ellos inicialmente financiados por diversos convenios firmados con el Gobierno Balear prorrogados anualmente y, otras, a cargo del presupuesto del Consejo Insular sin financiación externa.

Actualmente, no se han creado todos los consorcios o entidades mencionados y, en consecuencia, no les ha sido transferida la gestión de los servicios. Esta circunstancia ha supuesto que la situación temporal se haya convertido en estructural.

Del análisis de los servicios se ha constatado que hay 56 contratos de obra o servicio que corresponden a actividades ordinarias, continuadas y adscritas a servicios propios del CIM que no tienen las características de autonomía y sustantividad propias de los contratos de obra y servicio. Consecuentemente, dichos contratos dejan de estar vinculados a un proyecto determinado. Asimismo, es importante destacar el carácter imprescindible de éstos al estar vinculados a servicios esenciales y estructurales del CIM como son los centros asistenciales.

Como se expresa en los informes del oficial mayor y del Servicio de Gestión de Personas, se pone de manifiesto que los trabajadores titulares de estos 56 contratos tienen carácter de indefinidos no fijos, condición que sería reconocida por el Juzgado Social. En esta circunstancia, el CIM se vería obligado a crear las plazas correspondientes y asumirlos como trabajadores indefinidos no fijos. En consecuencia, sería necesario crear la plaza en los casos de servicios o competencias propios y, de lo contrario, despedirlos con el abono de la correspondiente indemnización.

Al presupuesto de la corporación para el año 2014 se han previsto las plazas y los lugares necesarios para dar cobertura a este plan de reorganización de los recursos humanos, con la correspondiente dotación económica para cada una de ellas. No obstante, las retribuciones resultantes de la regularización de dichos contratos supondrán una diferencia entre las retribuciones actuales respecto a la previsión presupuestaria del ejercicio 2014 de 51.253,09 euros (ver el detalle en el anexo V). Este incremento podrá financiarse con cargo al Fondo de Contingencia (programa 9290) una vez efectuada la modificación presupuestaria pertinente.

Asimismo, la plantilla presupuestaria actual ha previsto 55 de las 56 plazas que serán objeto de regularización, por lo que será necesario crear una plaza y puesto de auxiliar administrativo mediante una modificación de plantilla en el transcurso del año 2014 o en los presupuesto para el año 2015. (En el anexo V figura el detalle de las diferencias mencionadas).

PROPUESTA DE ORDENACIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS

Las medidas a adoptar en el Plan de Ordenación de los Recursos Humanos del Consejo Insular de Menorca son las siguientes:

1 Reconocimiento de los 56 contratos de obra o servicio sin sustantividad propia como contratos laborales indefinidos no fijos. Anexo I

Se reconocerán como contrataciones indefinidas no fijas los 56 contratos que se relacionan en el anexo I, los cuales son necesarios e imprescindibles, directa o indirectamente, para dar cobertura a las competencias que el Consejo Insular de Menorca tiene transferidas.

2. Modificación de los 56 contratos, reconociendo a las personas titulares de estos contratos de obra o servicio como indefinidas no fijas hasta que la plaza se cubra de forma fija o desaparezca la necesidad de prestar los servicios. Anexo II

Debe formalizarse la modificación contractual de los 56 contratos necesarios e imprescindibles. Se adjunta la relación de las personas titulares de dichos contratos con la fecha de contratación y el objeto que figura en el contrato en el anexo II.

3. Asignar 55 contratos indefinidos no fijos, de los relacionados en el anexo I, a las plazas creadas al efecto o en las que se encuentran vacantes en la plantilla.

Una vez efectuada la modificación contractual de los 56 contratos se asignarán los 55 contratos a las plazas y los lugares que fueron creados al efecto.

4. Iniciar los trámites correspondientes para crear una plaza de auxiliar administrativo en la próxima modificación de los presupuestos de la corporación que se lleve a cabo.

Se debe modificar la plantilla e incluir una plaza y un puesto de auxiliar administrativo para poder asignar la plaza y el puesto de auxiliar administrativo incluida en la relación de los contratos de los anexos I y II y no prevista en la plantilla presupuestaria actual.

5. Iniciar los trámites necesarios para catalogar los puestos de trabajo incluidos en la plantilla y que no figuran en el Catálogo de puestos de trabajo

Catalogar los puestos creados y convocar la correspondiente provisión de los puestos afectados por esta regularización que no figuran en el Catálogo de puestos de trabajo y que se relacionan en el anexo III

ANEXO I
RELACIÓN DE LOS CONTRATOS DE OBRA O SERVICIO QUE DEBEN RECONOCERSE COMO INDEFINIDOS NO FIJOS

DEPARTAMENTO

PROGRAMA

DENOMINACIÓN PROGRAMA

DENOMINACIÓN PUESTO

N. PUESTOS

OBSERVACIONES

Bienestar Social

2301

AGA D.I. De Atención a la Mujer, Infancia, Juventud e Inmigración

Auxiliar administrativo

1

Bienestar Social

2321

Política de Igualdad

Monitor Piso de Acogida

3

Bienestar social

2323

Servicio Insular de Familia: centros de atención a la Infancia y Familia

Psicólogo Centro Residencial menores

1

Bienestar Social

2323

Servicio Insular de Familia: centros de atención a la Infancia y Familia

Educador social

5

Bienestar Social

2323

Servicio Insular de Familia: centros de atención a la Infancia y Familia

Auxiliar educador

4

Bienestar Social

2323

Servicio Insular de Familia: Sección de Adopción y Acogimiento Familiar

Psicólogo

1

1/2 Jornada

Bienestar Social

2323

Servicio Insular de Familia: Sección de Valoración e Intervención

Psicólogo

1

Bienestar Social

2323

Servicio Insular de Familia: Sección de Valoración e Intervención

Educador social

2

Bienestar Social

2333

Residencia de Gente Mayor y Centro de Alzheimer

Psicólogo

1

½ jornada

Bienestar Social

2333

Residencia de Gente Mayor y Centro de Alzheimer

ATS / DUI

1

½ jornada

Bienestar Social

2333

Residencia de Gente Mayor y Centro de Alzheimer

Fisioterapeuta

1

Bienestar Social

2333

Residencia de Gente Mayor y Centro de Alzheimer

Terapeuta ocupacional

1

Bienestar Social

2333

Residencia de Gente Mayor y Centro de Alzheimer

Celador-chófer

2

Bienestar Social

2333

Residencia de Gente Mayor y Centro de Alzheimer

Animador sociocultural

1

Bienestar Social

2333

Residencia de Gente Mayor y Centro de Alzheimer

Auxiliar de enfermeria

13

Bienestar Social

2335

Atención a personas con discapacidades

ATS/ DUI

1

Bienestar Social

2335

Atención a personas con discapacidades

Fisioterapeuta

1

Bienestar Social

2335

Atención a personas con discapacidades

Celador-chófer

2

Bienestar Social

2335

Atención a personas con discapacidades

Auxiliar administrativo

1

Bienestar Social

2335

Atención a personas con discapacidades

Auxiliar cuidador

8

Servicios Generales

9200

AGA Departamento Servicios Generales, Trabajo e Información

Auxiliar administrativo

3

Servicios Generales

9206

Servicios Jurídicos y Asesoramiento Legal

Auxiliar administrativo

1

Servicios Generales

9250

Ciudadanía y Calidad

Auxiliar administrativo

1

TOTAL CONTRACTACIONES

56

 

 

ANEXO II
RELACIÓN DE LOS CONTRATOS INDEFINIDOS NO FIJOS CON PLAZA ADJUDICADA EN LA PLANTILLA, CON SUS TITULARES

(Consta en el expediente)

ANEXO III
RELACIÓN DE PUESTOS QUE DEBEN CATALOGARSE DE LA RELACIÓN DE CONTRATOS

DEPARTAMENTO

PROGRAMA

NÚM. PUESTOS

DENOMINACIÓ LLOC

Bienestar Social y Juventud

2321

3

Monitor de piso de acogida

2323

1

Psicólogo centros de atención a la infancia

5

Educador social centros de atención a la infancia

5

Auxiliar educador centros de atención a la infancia

1

Psicólogo 1/2 jornada, Sección Adopción y Acogimiento Familiar

1

Psicólogo Valoración e Intervención

2

Educador social de Valoración e Intervención

2333

1

Psicólogo 1/2 jornada. Residencia Gente Mayor y Centro de Alzheimer

1

Fisioterapeuta Residencia Gente Mayor y Centro de Alzheimer

1

Terapeuta ocupacional

1

Animador sociocultural Residencia Gente Mayor y Centro de Alzheimer

2335

1

ATS/DUE Atención a personas con discapacidad

1

Fisioterapeuta Atención a personas con discapacidad

2

Celador - chófer Atención a personas con discapacidad

 

ANEXO IV
RELACIÓN DE CONTRATOS DE OBRA O SERVICIO SIN SUBSTANTIVIDAD PROPIA IMPRESCINDIBLES, CON COSTE DE REGULARIZACIÓN

(Consta en el expediente)