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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 17355
Procedimiento ordinario 309/2012

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER: 

Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000309/2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª AHMED MEHMEDOV AHMEDOV contra la empresa ANTONIO TRIGO, ISRAEL TRIGO MORALES, ALVARO TRIGO MORALES,  FOGASA, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta: 

ANTECEDENTES DE HECHO 

PRIMERO.- El 22.09.2012 tuvo entrada en este JDO. DE LO SOCIAL N. 4 demanda de cantidad presentada por Dña. AHMED MEHMEDOV AHMEDOV frente a  ANTONIO, ISRAEL Y ALVARO TRIGO MORALES.  

SEGUNDO.- Las partes han sido citadas al acto de conciliación  para el día 22 de SEPTIEMBRE de 2014 a las 11:45 horas.  

TERCERO.- Al acto de conciliación/juicio, no han comparecido ni el demandante, ni los demandados que estaban debidamente citados. 

FUNDAMENTOS DE DERECHO 

UNICO.- Si el actor, citado en legal forma, no comparece ni alega justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, se le tendrá por desistido de su demanda, (art.83.2 LJS). 

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, 

PARTE DISPOSITIVA  

Acuerdo: 

- Tener por desistido a Dña AHMED MEHMEDOV AHMEDOV de su demanda sanción frente ANTONIO, ISRAEL Y ALVARO TRIGO MORALES y FOGASA. 

- Archivar las actuaciones una vez que sea firme la presente resolución. 

Incorpórese el original al Libro de su razón, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón.” 

Y para que sirva de notificación en legal forma a ANTONIO TRIGO, ISRAEL TRIGO MORALES, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS. 

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. 

En PALMA DE MALLORCA, a veintidós de Septiembre de dos mil catorce.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL