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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 17758
049/14 Departamento Tributario. Notificación resoluciones Impuesto vehículos

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Habiéndose intentado la notificación de resoluciones, respecto al Impuesto sobre Vehículos de tracción mecánica, conforme al artículo 59 de la Ley 30/1992 de régimen jurídico de las administraciones públicas i del procedimiento administrativo común, y debido a que no se ha podido practicar, se publica la resolución adoptada conforme al apartado 5 del mismo artículo de la mencionada Ley. Asimismo se hace saber que a partir del día siguiente al de publicación de este anuncio, contra las resoluciones se puede interponer, en su caso, los recursos que se indican al final de las mismas.

Por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde del Área de Hacienda en fecha 12 de febrero de 2014, núm. de inscripción 2226, se adoptó la siguiente:

Resolución

Desestimar el recurso de reposición interpuesto por el Sr. /Sra. Sr. Francisco SALOM ESCARRER (D.N.I. 41 392 169-N), contra el decreto nº. 16.584, de 30 de septiembre de 2013, denegatorio con respecto a la aplicación para el ejercicio 2013 de la exención del Impuesto sobre vehículos, por discapacidad, respecto del turismo de su titularidad matrícula 9555-HJP.

Se deniega por los mismos motivos expuestos en la resolución impugnada, esto es, que según lo que establece la Ordenanza fiscal reguladora del citado impuesto, para poder aplicar la exención para el 2013 el interesado tenía que haber instado su concesión dentro del período de pago del citado ejercicio (el cual finalizó el 30 de abril de 2013). La cual no prevé que la referida exención pueda aplicarse excepcionalmente con efectos retroactivos.

Por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde del Área de Hacienda en fecha 12 de marzo 2014, núm. de inscripción 4184, se adoptó la siguiente:

Resolución

Desestimar el recurso de reposición interpuesto por el Sr. Fernando REYES CAMISÓN (D.N.I. 05 253 406E) contra el decreto núm. 22250, de 30 de Diciembre de 2013, denegatorio respecto exención del Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM) por discapacidad, del turismo de su titularidad matrícula 9280-CLX. Se deniega por los mismos motivos expuestos en la resolución impugnada, es decir, según el art. 93.1.e) del RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprobó el Texto Refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, establece que, a efectos de la aplicación de la exención, se considerarán personas con minusvalía las que tengan esta condición legal en grado igual o superior al 33% y una vez examinada la documentación aportada se desprende que el grado de discapacidad es inferior al citado 33%.

Respecto a la aportación de la hoja informativa de la normativa del art. 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, informarle que no afecta a las medidas fiscales y más concretamente para la concesión de la exención del IVTM. 

El artículo 3 de la Ordenanza fiscal del Ayuntamiento de Palma exige para la concesión de exención en el IVTM la aportación de certificación de discapacidad emitida por el órgano competente de la Comunidad Autónoma o del IMSERSO.

Por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde del Área de Hacienda en fecha 30 de abril 2014, núm. de inscripción 7332, se adoptó la siguiente:

Resolución

Desestimar el recurso interpuesto por Da.. ANGELA JEAN THOMSON, contra recibo del ejercicio 2014, del Impuesto sobre vehículos, por el turismo matrícula IB2930BD. Se desestima y por tanto se deniega la anulación del recibo núm. R-ICV-2014-0216450, toda vez que consultados los datos en la Dirección Provincial de Tráfico, resulta que el vehículo de la matrícula reseñada figura de alta a su nombre, sin que se haya dado de baja hasta el día de hoy.

Por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde del Área de Hacienda en fecha 2 de mayo de 2014, núm. de inscripción 7455, se adoptó la siguiente:

Resolución

Desestimar el recurso de reposición formulado por la Sra. MARIA SOLEDAD CASTEJON DE LA CUESTA contra la liquidación de 2011(de referencia I-ICV-2011-0002612-00) del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica  del turismo matrícula J 4749 T, puesto que ésta se ha emitido correctamente por dos trimestres, de acuerdo con los datos comunicados por la Dirección General de Tráfico, según los cuales el citado vehículo consta de baja definitiva desde el 11 de abril de 2011.

Por Decreto del Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde del Área de Hacienda en fecha 27 de marzo de 2014, núm. de inscripción 5106, se adoptó la siguiente:

Resolución

Desestimar el recurso interpuesto por la Sra. PILAR MOLINA SALCEDO contra el recibo de 2014 del Impuesto sobre vehículos, del turismo matrícula 7519BNZ, por cuanto el 1 de enero de este año, fecha de devengo del Impuesto, el vehículo figuraba a su nombre en los archivos de la Dirección Provincial de Tráfico siendo por tanto el sujeto pasivo del Impuesto.

Contra la resolución que se notifica se puede interponer reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico Administrativo Municipal de Palma de Mallorca, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de la fecha de recepción de la notificación mediante escrito dirigido al Ilmo. Sr. Teniente de Alcalde de Hacienda, la cual es previa al recurso contencioso-administrativo. El escrito podrá presentarse en el Registro General de esta Corporación, plaza Santa Eulàlia nº 9 o bien en cualquiera de los otros registros situados en: C/ Son Dameto, 1 (Quarter de la Policia Local); C/ Emperadriu Eugènia, 6 (S’Escorxador);  Av.  Gabriel   Alomar,  18  (Ed.  Avingudes);  Av.  America  nº 11  (S’Arenal);  Av.  Cid,  8 (Son Ferriol); C/ Margaluz, 30 (Sant Agustí) y C/ Pere Llobera, 9 (Pere Garau).  Todo  ello  sin perjuicio de cualquier otro que se considere procedente. La mera interposición del recurso no interrumpirá, en su caso, la acción  administrativa  para  el  ingreso  del  importe  liquidado (Art. 14. 2. i)  del Texto Refundido de la Ley Reguladora de la Haciendas Locales, aprobado por R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo).

Palma, 24 de septiembre de 2014

 

El Jefe del Departamento Tributario

p.d. Decreto de alcaldía núm. 3000 de 26/02/2014

(BOIB núm. 30 de 04/03/2014)

Xavier Calafat Rotger